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ACUERDO 99 de 2023

en el cual constan las decisiones tomadas en la sesión número 105 del Comité Promoción Fílmica Colombia celebrado el día 1° de agosto de 2023.

Tipo
ACUERDO
Número
99
Año
2023
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

1556 de 2012, modificada por la Ley 1955 de 2019.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9° de la Ley 1556 de 2012, modificado por el artículo 178 de la Ley 1955 de 2019, establece que las obras audiovisuales no nacionales de cualquier género o formato, producidas o posproducidas en Colombia de manera total o parcial, cuando sean previamente aprobadas por el Comité Promoción Fílmica Colombia, darán derecho a la solicitud de un Certificado de Inversión Audiovisual en Colombia (CINA), descontable del impuesto de renta hasta por un valor equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del valor de la inversión que realicen en Colombia.

Que el artículo 25° del Manual de Asignación de Recursos (el “MAR”), adoptado mediante el Acuerdo del CPFC No. 60, establece que los productores que cumplan con los requisitos y procedimientos señalados en el MAR y que postulen al sistema de estímulo tributario, pueden recibir Certificados de Inversión Audiovisual en Colombia CINA, los cuales acreditan el derecho a un descuento tributario del 35% sobre el valor nominal del certificado.

Que en la sesión del Comité Promoción Fílmica Colombia celebrada el día 1° de agosto de 2023 el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” puso a consideración del CPFC la evaluación preliminar del proyecto “Global Drag Race 2023”, que fue postulado por su productor al sistema de estímulo tributario CINA.

Que el artículo 9° de la Ley 1556 de 2012 establece que las empresas productoras de obras audiovisuales, rodadas total o parcialmente dentro del territorio colombiano que celebren los Contratos Filmación Colombia, tendrán una contraprestación equivalente al cuarenta por ciento, (40%) del valor de los gastos realizados en el país por concepto de servicios cinematográficos contratados con sociedades colombianas de servicios cinematográficos y al veinte por ciento (20%) del valor de los gastos en hotelería, alimentación y transporte, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en el manual de asignación de recursos.

Que en la sesión del Comité Promoción Fílmica Colombia del 1° de agosto de 2023 el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia”, puso a consideración del CPFC la evaluación preliminar del proyecto “Press your luck” que fue postulado por sus productores a la contraprestación con recursos del Fondo Fílmico Colombia prevista en la Ley 1556 de 2012.

ACUERDA:

Artículo 1°.

Aprobar por unanimidad que el proyecto “Global Drag Race 2023 “, presentado por el productor postulante World of Wonder Production Inc. para que pueda obtener CINA emitidos por el Ministerio de Cultura hasta por la suma de tres mil quinientos setenta millones setecientos ochenta y siete mil setecientos setenta y siete pesos (COP$ 3.570.787.777) siempre y cuando cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 1556 de 2012, el Decreto 1080 de 2015, el Manual de Asignación de Recursos y el Contrato Filmación Colombia.

Artículo 2°.

Aprobar por unanimidad la celebración del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica World Of Wonder Production Inc., productor postulante del proyecto “Global Drag Race 2023”, cuyo cumplimiento se precisa a efectos de obtener la certificación de cumplimiento necesaria, para que el Ministerio de Cultura pueda emitir el CINA como estímulo tributario por la contratación y gasto, en servicios nacionales del proyecto por valor de tres mil quinientos setenta millones setecientos ochenta y siete mil setecientos setenta y siete pesos (COP$ 3.570.787.777).

Artículo 3°.

Aprobar por unanimidad que el proyecto “Press your luck” presentado por el productor postulante Lucky Charmer LLC., pueda tener acceso a una contraprestación del Fondo Fílmico Colombia, hasta por la suma tres mil quinientos millones de pesos (COP$3.500.000.000) siempre y cuando cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley 1556 de 2012, el Decreto número 1080 de 2015, el Manual de Asignación de Recursos y el Contrato Filmación Colombia.

Artículo 4°.

Aprobar por unanimidad la celebración del Contrato Filmación Colombia entre el Fondo Mixto de Promoción Cinematográfica “Proimágenes Colombia” y el productor Lucky Charmer LLC., postulante del proyecto “Press your luck” por valor máximo suma tres mil quinientos millones de pesos (COP$3.500.000.000).

Este acuerdo rige a partir del cuatro (1°) de agosto de dos mil veintitrés (2023).

Publíquese y cúmplase.

El Presidente del Comité Promoción Fílmica Colombia, Arturo Bravo, Viceministro de Turismo.

La Secretaria, Silvia Echeverri Botero, Comité Promoción Fílmica Colombia.

Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Davivienda 3506534. 1°-XII-2023.

Valor $400.000.

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