Jurismart

ACUERDO 3 de 2023

por el cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Instituto Nacional de Cancerología, para la vigencia fiscal de 2023.

Tipo
ACUERDO
Número
3
Año
2023
Entidad
Instituto Nacional de Cancerología
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 2276 de 2022 y 2291 de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del artículo 1º de la Ley 2291, se transformó la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estado en una entidad pública de naturaleza especial.

Que a través del artículo 3º de la misma ley se determinó que su objeto consiste en “desarrollar actividades de autoridad técnico-científica para el control Integral del cáncer, realizar Investigación, docencia y educación continua, desarrollo e innovación, programas de salud pública en el ámbito de la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad; prestar atención integral y ser centro de referencia para la atención e investigación del cáncer”.

Que conforme al artículo 17 ib., el Instituto Nacional de Cancerología en materia presupuestal continuará con el régimen presupuestal de las Empresas Sociales del Estado.

Que, en consecuencia, para efectos presupuestales se regula por el Decreto Compilatorio 111 de 1996, en aquellas normas que específicamente se refieran a las empresas industriales y comerciales del Estado, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 3º y 5º del Estatuto Orgánico de Presupuesto y por el Decreto número 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, Libro 2, Parte 8, Título 3, presupuestos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de aquellas, dedicadas a actividades no financieras.

Que, de otra parte, el literal g) del artículo 7º de la Ley 2291, sobre “Funciones del Consejo Directivo”, preceptúa que es una de sus atribuciones la de “Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de la entidad, y las modificaciones al mismo, de conformidad con las normas que la rigen en materia presupuestal”.

Que el artículo 75 de la Ley 2276 del 2022 “por la cual se Decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2023”, dispone que: “En las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas y en las Empresas de Servicios públicos y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al noventa por ciento y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras, corresponderá a las juntas directivas de las respectivas empresas y sociedades, sin requerirse concepto previo de ningún órgano o entidad gubernamental”.

Que el artículo 24 de la Ley 2276 del 2022, dispone que: “cuando los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación celebren contratos entre sí que afecten sus presupuestos, con excepción de los de crédito, harán los ajustes mediante resoluciones proferidas por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del orden nacional, las Superintendencias y Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, así como las señaladas en el artículo 5 º del Estatuto Orgánico del Presupuesto, dichos ajustes deben realizarse por acuerdo o resolución de las juntas o consejos directivos; en ausencia de estos por el representante legal del órgano”.

Que el artículo 19 de la Ley 2291 sobre Referencias normativas, establece: “A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, todas las referencias que se hayan hecho o se hagan al Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estado, deben entenderse referidas al Instituto Nacional de Cancerología”.

Que la Junta Directiva del INC, mediante el Acuerdo número 008 del 26 de octubre de 2022, aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del INC para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2023, por $457.427.366.000; así mismo, mediante Acuerdo número 001 del 26 de enero de 2023, refrendó la desagregación del Presupuesto de Ingresos y Gastos realizada mediante la Resolución número 001 de 2 de enero de 2023 por la Directora General, por el valor mencionado anteriormente. Posteriormente, la Junta Directiva del INC mediante acuerdo número 002 del 28 de febrero de 2023, aprobó una adición al Presupuesto de Ingresos y Gastos del INC para la vigencia fiscal 2023, por $122.911.054.772, quedando el presupuesto final del INC en $580.338.420.772.

Que la Dirección del Instituto Nacional de Cancerología, presentó a consideración del Consejo Directivo, una solicitud de adición al Presupuesto de Ingresos y Gastos, para la vigencia fiscal de 2023, por valor de $2.356.656.122, con el fin de incorporar al presupuesto los recursos provenientes del Contrato de Financiamiento de Recuperación Contingente número 810 de 2023 suscrito con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, que tiene como Objeto: “Otorgar apoyo económico a la Entidad Ejecutora en la modalidad de recuperación contingente para la financiación del proyecto titulado: “Programa Misiones Transformativas para el Control Integral del Cáncer “; el cual es financiado con recursos provenientes del fondo de investigación en salud (FIS)”.

Que, para el efecto, la Dirección del Instituto presentó el documento de Justificación legal, técnica y económica, donde explica en detalle las razones y la conveniencia de llevar a cabo la adición al presupuesto de ingresos y gastos, para incorporar los recursos del Contrato de Financiamiento de Recuperación Contingente número 810 de 2023, en cuantía de $2.356.656.122, en sesión ordinaria de Consejo Directivo de fecha el 29 de octubre de 2023, como consta en la respectiva acta.

Que, en consecuencia, se hace necesario adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Instituto Nacional de Cancerología, para la vigencia 2023, en la suma de $2.356.656.122, con el fin de incorporar al presupuesto los recursos provenientes del Contrato de Financiamiento de Recuperación Contingente número 810 de 2023 suscrito con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación a través del fondo de investigación en salud (FIS), en el marco del programa de misiones trasformativas para el control del cáncer en Colombia.

Que, para el efecto, se cuenta con el respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, expedido por el INC, de conformidad con lo preceptuado en el Decreto número 1068 de 2015.

ACUERDA:

Artículo 1°.

Adicionar el Presupuesto de Ingresos del Instituto Nacional de Cancerología, para la vigencia fiscal de 2023, en la suma de $2.356.656.122, conforme al siguiente detalle:

ADICIÓN PRESUPUESTO DE INGRESOS NIVEL CONCEPTO VALOR 1 2 3 4 5 1 INGRESOS CORRIENTES 2.356.656.122 1 02 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 2.356.656.122 1 02 5 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 2.356.656.122 1 02 5 01 VENTA DE ESTABLECIMIENTO DE MERCADO 2.356.656.122 1 02 5 01 08 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EM- PRESAS Y SERVICIOS DE PRODUC- CIÓN 2.356.656.122 1 02 5 01 08 01 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO 2.356.656.122 1 02 5 01 08 01 1 SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EXPERIMENTAL EN CIENCIAS NATURALES E INGE- NIERÍA 2.356.656.122 TOTAL INGRESOS 2.356.656.122

Artículo 2°.

Adicionar el Presupuesto de Gastos del Instituto Nacional de Cancerología, para la vigencia fiscal de 2023, en la suma de $2.356.656.122, conforme al siguiente detalle:

ADICIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS TIPO PROGRAMA/ CUENTA SUBPROGRAMA /SUB- CUENTA PROYECTO/OBJETO NOMBRE DE LA CUENTA VALOR D PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 2.356.656.122 1901 SALUD PÚBLICA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2.356.656.122 1901 0300 INTERSUBSECTORIAL SALUD 2.234.472.294 1901 0300 4 CONSOLIDACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA PARA EL CONTROL INTEGRAL DEL CÁNCER EN COLOMBIA 2.019.080.000 1901 0300 5 IMPLEMENTACIÓN PLAN DECENAL DE SALUD PÚBLICA PARA EL CONTROL DEL CÁNCER NACIONAL 215.392.294 1999 FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN Y DIRECCIÓN DEL SEC- TOR SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 122.183.828 1999 0300 INTERSUBSECTORIAL SALUD 122.183.828 1999 0300 2 MEJORAMIENTO CONTINUO Y GESTIÓN TECNOLÓGICA DE LAS ÁREAS DE DIRECCIÓN, SOPORTE Y PRESTACIÓN DE SER- VICIOS ESPECIALIZADOS DEL INC 122.183.828

Artículo 3º.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y se comunicará a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2023.

El Presidente, Jaime Hernán Urrego Rodríguez.

La Secretaria, Lia Margarita Álvarez Puente.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar