Resolución 54 de 1991
Resolución 54 de 1991 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 54
- Año
- 1991
- Fecha
- 24 de enero de 1991
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 54 DE 1991 (Enero 24) por la cual se crean las Boticas Comunitarias. El Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que es política del Gobierno establecer un mejor acceso a los medicamentos para tratar las enfermedades más frecuentes especialmente entre las comunidades de menores recursos económicos.
Que se hace necesario que la comunidad disponga de los medicamentos en sitios y horas requeridos y que sean adquiridos a muy bajos costos y para ello se hace necesario contar con la participación efectiva de la comunidad.
Que en razón de lo expuesto se hace necesario la creación de las Boticas Comunales o comunitarias.
Que corresponde al Alcalde Mayor del Distrito Especial y al Secretario Distrital de Salud orientar las políticas del sector salud,
RESUELVE:
Artículo 1º.- Crear las Boticas Comunitarias: 70A - Tibabitá, 18 suba, 27 San Fernando, 39 Prado Veraniego, 52 París Gaitán, 53 Quirigua, 86 El Codito, 18B Rincón de Suba, 41 San Ignacio, 84 San Luis - San Isidro Hospital La Granja, Los Alpes, 3 Los Laches, 28 Bello Horizonte, 46 Altamira, 13 San Blas, 2 Las Cruces, 46A La Flora, 67 Lourdes, 46B Nueva Gloria, Hospital San Blas, Policlínico El Guavio, 76 Vista Hermosa, 15 Tunjuelito, 89 Casa de Teja, 88 Betania, 61 San Benito, 75 Santa Librada, 77 Candelaria La Nueva, 57 San Agustín, 20 Usme, 55 San Jorge, 65 San Juan de Sumapaz, 40 Nazareth, 34 Meissen, Hospital El Tunal, 62 La Fayett, 12 Bravo Páez, 90 Olarte, 78 José María Carbonell, 64 Pablo VI- Bosa 26 Alcalá Muzú, 47 Ismael Perdomo, 63 Alquería La Fragua, Hospital Local de Bosa, 91 Class, 81 Las Cabañas, 92 Patios II, 79 Carvajal, 71 Patio Bonito, 68 Britalia, 48 San Pablo Fontibón, 38 Engativá, 72 Argelia 30 Kennedy, 17 Trinidad Galán, Hospital de Fontibón y Hospital de Kennedy. Artículo 2º.-** Las Boticas Comunitarias serán administradas por la organización comunitaria con personería jurídica que designe el respectivo comité de participación comunitaria, sin que pueda ser directamente éste.
Parágrafo. - La dirección y coordinación de la Botica Comunitaria, estará a cargo del director del organismo sanitario. Artículo 3º.** Crear el comité evaluador de nivel central de la Secretaría Distrital de Salud, conformado por: El Coordinador Técnico, El Jefe de la División Administrativa, El Jefe de la División de Atención Médica, Jefe de la Sección Suministros, Jefe de la Sección de Participación Comunitaria y Jefe de la Sección de Control de Drogas. Este comité se reunirá mínimo cada 3 meses.
Parágrafo. Transitorio.- Los miembros del Comité evaluador serán subrogados por los funcionarios correspondientes. En consonancia con la estructura orgánica prevista en el Acuerdo 20 de 1990, para la dirección del Sistema Distrital de Salud. Artículo 4º.-** Crear un comité de Boticas Comunitarias del nivel regional conformado por: Coordinador Técnico, Jefe de Sección Atención Médica, El Jefe de la Sección Administrativa. Jefe del Grupo Salud Oral, Jefe Grupo Control de Drogas y el Jefe del Grupo de Participación Comunitaria. Este comité se reunirá mínimo cada mes.
Parágrafo. Transitorio.- Los miembros del comité que crea este artículo, serán subrogados por los funcionarios correspondientes, según la nueva estructura orgánica que se dé a los entes descentralizados. De la misma manera al desaparecer las regionales estos comités actuarán en cada establecimiento público, donde hubiere Botica Comunitaria. Artículo 5º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase Dada en Bogotá, D.E., a 24 de enero de 1991. El Alcalde Mayor, JUAN MARTÍN CAICEDO FERRER. El Secretario Distrital de Salud, LUIS ALFREDO BAENA RIVIERE. NOTA: Ver[Decreto 812 de 1996](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1967#1) NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 631 de mayo 30 de 1991.
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