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Resolución 00180 de 1994

Resolución 180 de 1994 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte

Tipo
Resolución
Número
00180
Año
1994
Fecha
22 de agosto de 1994
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 00180 DE 1994 (agosto 22) por medio de la cual se fija el recorrido dentro del perímetro urbano para las rutas de transporte intermunicipal de pasajeros con origen y destino en el Terminal de Transporte de Santa Fe de Bogotá, D.C., La Secretaria de Tránsito y Transporte de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos 80 de 1987, 23 de 1988 y Decreto 1787 de 1991.

CONSIDERANDO:

** * Que se hace necesario reglamentar el recorrido de las rutas de transporte intermunicipal con origen y destino en el terminal de transporte de Bogotá vía de acceso y salida.

* Que la Avenida Boyacá tiene un trazado longitudinal y sirve de unión entre las diferentes vías de acceso intermunicipal.

* Que se requiere eliminar al máximo los giros izquierdos tanto en la Avenida Boyacá como en la Avenida (Cra.) 68.

* Que corresponde a la Secretaría de Tránsito y Transporte como ejecutora de las políticas del Estado en materia de Transporte automotor, organizar, controlar y dirigir la actividad transportadora.

* Que por lo anteriormente expuesto este Despacho.

RESUELVE:

Artículo 1º.- (Modificado por la Resolución 197 de 1995 Secretaría de Tránsito y Transporte) así:** Establecer para las empresas intermunicipales que tiene como origen y/o destino el Terminal de Transportes de Santa Fe de Bogotá, D.C., en la modalidad de pasajeros, el siguiente recorrido dentro del perímetro urbano de la ciudad.

1. Procedentes del Norte por la Autonorte SENTIDO NORTE - SUR ...Autonorte - Avenida Rodrigo Lara Bonilla - Avenida 125A - Avenida Boyacá - Oreja - Avenida Centenario (Calle 13) - Oreja - Avenida Boyacá - Terminal de Transportes. SENTIDO SUR - NORTE Terminal de Transportes - Avenida Boyacá - Avenida 125A - Avenida Rodrigo Lara Bonilla - Oreja - Autonorte ...Continua su recorrido autorizado.
2. Procedentes del occidente por la Avenida Medellín SENTIDO OCCIDENTE - SUR ... Avenida Medellín - Avenida Boyacá - Oreja - Avenida Centenario (Calle 13) - Oreja - Avenida Boyacá - Terminal de Transportes. SENTIDO SUR - OCCIDENTE Terminal de Transportes - Avenida Boyacá - Oreja - Avenida Medellín ... Continua con el recorrido autorizado.
3. Procedentes del Occidente por la Avenida Centenario SENTIDO OCCIDENTE - NORTE .... Variante de Occidente - Avenida Centenario (Calle 13) - Oreja - Avenida Boyacá - Terminal de Transportes. SENTIDO NORTE - OCCIDENTE Terminal de Transportes - Avenida de la Constitución - Carrera 68D - Avenida Centenario (Calle 13) - Variante de Occidente .... Continua con el recorrido autorizado.
4. Procedentes del sur por la Avenida del Sur (Autosur)
SENTIDO SUR - NORTE....Autosur - Oreja - Avenida Boyacá - Terminal de Transportes. SENTIDO NORTE - SUR Terminal de Transportes - Vía Paralela caño San Francisco - Avenida Congreso Eucarístico (Carrera 68) - Autosur...continua con el recorrido autorizado.
5. Procedentes del Oriente por la vía a Villavicencio SENTIDO ORIENTE - NORTE ....Vía al llano - Autopista al Llano - Avenida Boyacá. Terminal de Transportes. SENTIDO NORTE - ORIENTE Terminal de Transportes - Avenida de la Constitución (Carrera 68D) - Avenida Centenario (Calle 13) - Oreja - Avenida Boyacá - Autopista al Llano - Vía al Llano ... Continua el recorrido autorizado.
6. Procedentes del oriente por la vía a la Calera

SENTIDO ORIENTE - SUR.... Vía la Calera - Calle 87 - Carrera 7 - Avenida 7 - Avenida 100 - Avenida Congreso Eucarístico (Carrera 68) - Vía Paralela. SENTIDO SUR - ORIENTE Terminal - Avenida de la Constitución - Avenida Luis Carlos Galán - Avenida Congreso Eucarístico (Carrera 68) - Avenida 100 - Carrera 11 - Avenida 82 - Carrera 7 - Vía a la Calera... Continua el recorrido autorizado. Artículo 2º.- La presente Resolución es válida para todas y cada una de las empresas de transporte con radio de acción nacional autorizadas y por autorizar por parte del Ministerio de Transporte para servir rutas con origen y destino Santa Fe de Bogotá, D.C., - Terminal de Transporte. Artículo 3º.- La prestación del servicio se hará con el parque automotor fijado y autorizado por el Ministerio del Transporte. Artículo 4º.- Prohíbese dentro del territorio del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá D.C., el establecimiento de terminales de paso (agencias de despacho) sin las correspondientes instalaciones y el permiso de esta Secretaría. Artículo 5º.- La Unidad de Vigilancia será la encargada de velar por el estricto cumplimiento de esta providencia. Artículo 6º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.

Comuníquese y cúmplase Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 22 de agosto de 1994. La Secretaria, MARÍA PIEDAD MOSQUERA DE AFANADOR. El Subsecretario, FERNANDO REY VALDERRAMA.

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