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Resolución 16 de 1997

Resolución 16 de 1997 Veeduría Distrital

Tipo
Resolución
Número
16
Año
1997
Fecha
24 de enero de 1997
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 16 DE 1997 (enero 24) por la cual se delega la competencia para celebrar contratos y otras funciones administrativas El Veedor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Artículo 12 de la Ley 80 de 1993, Artículo 37 del Decreto 2150 de 1995 y los Artículos 4, Literal a) y 5 Literal k), del Acuerdo Distrital 24 de 1993. **

RESUELVE:

Artículo 1º.-** Delegar en el Viceveedor Distrital las siguientes funciones:

**
1. Modificado mediante Resolución 92 de 1997 Veeduría Distrital así: "Celebrar los contratos y convenios de la Veeduría Distrital en una cuantía máxima de 200 salarios mínimos mensuales". Ver[Resolución 98 de 1998](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=568#1) Veeduría Distrital. **
2. Ordenar el pago de la nómina de personal de la Veeduría Distrital.
3. Conceder, interrumpir, aplazar y compensar en dinero las vacaciones a que tienen derecho los servidores de la Veeduría Distrital al igual que otorgar las licencias solicitadas. **
4. Modificado mediante Resolución 92 de 1997 Veeduría Distrital, así: **"Ordenar el gasto para la ejecución del presupuesto en los rubros de gastos de funcionamiento e inversión de la Veeduría".
5. Reconocer y ordenar el pago de las primas técnica y secretarial de los servidores de la Veeduría Distrital de acuerdo con las normas vigentes.
6. Ordenar los pagos y gastos de caja menor.
7. Expedir la autorización escrita, para que los funcionarios de la Veeduría puedan solicitar u obtener préstamos o garantías de los organismos crediticios, de conformidad con el numeral 29 del Artículo 41 de la Ley 200 de 1995.Ver[Resolución 98 de 1998](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=568#1) Veeduría Distrital.

Artículo 2º.

- Las resoluciones que se expidan en ejercicio de las funciones delegadas, serán firmadas por el Viceveedor Distrital. Artículo 3º.-** Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 24 de enero de 1997 El Veedor Distrital. JOSÉ VICENTE GUALY CEBALLOS.

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