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Resolución 190 de 1997

Resolución 190 de 1997 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
190
Año
1997
Fecha
17 de febrero de 1997
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 190 DE 1997 (febrero 17) por la cual se conforma la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Secretaría de Hacienda. La Secretaría de Hacienda de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, el Decreto 441 de 1993 y el artículo 4 del Decreto 800 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4 del Decreto 800 de 1996, faculta al secretario de Hacienda para organizar con funcionarios a su cargo Juntas para la realización de tareas específicas.

Que en virtud de los principios que regulan la contratación estatal y para su cabal cumplimiento, se hace necesario conformar la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Secretaría de Hacienda.

RESUELVE:

Artículo 1º.- Conformar la Junta de Licitaciones y Adquisiciones como un organismo consultivo de la Secretaría de Hacienda integrada por el Subsecretario de Hacienda quien la presidirá, el Director Administrativo y Financiero, el Director Distrital de Contabilidad, el Subdirector Jurídico quien actuará como Secretario de la misma y el Subdirector Administrativo. Artículo 2º.-** La Junta tendrá las siguientes funciones:

1. Recomendar al Secretario de Hacienda la Adjudicación de las Licitaciones o concursos que adelante la Secretaría para el cumplimiento de sus funciones, previo análisis objetivo de la evaluación jurídica, técnica y económica.
2. Recomendar la celebración de cualquier clase de contrato necesario para el cumplimiento de las funciones administrativas.
3. Revisar los pliegos de condiciones y términos de referencia para las licitaciones o concursos que lleve a cabo la Secretaría de Hacienda.

Artículo 3º.

- Las evaluaciones jurídicas y económicas de las ofertas presentadas con ocasión de las licitaciones o concursos, así como las invitaciones públicas serán responsabilidad de la Subdirección Jurídica y de la Dirección Distrital de Contabilidad respectivamente. Artículo 4º.-** La evaluación técnica de las ofertas será responsabilidad de la Dirección Administrativa y Financiera y la Subdirección Administrativa en coordinación con el área que requiera el bien o servicio. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de febrero de 1997. La Secretaria de Hacienda, CARMENZA SALDIAS BARRENECHE.

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