Resolución 190 de 1997
Resolución 190 de 1997 Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Resolución
- Número
- 190
- Año
- 1997
- Fecha
- 17 de febrero de 1997
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 190 DE 1997 (febrero 17) por la cual se conforma la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Secretaría de Hacienda. La Secretaría de Hacienda de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, el Decreto 441 de 1993 y el artículo 4 del Decreto 800 de 1996 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 del Decreto 800 de 1996, faculta al secretario de Hacienda para organizar con funcionarios a su cargo Juntas para la realización de tareas específicas.
Que en virtud de los principios que regulan la contratación estatal y para su cabal cumplimiento, se hace necesario conformar la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Secretaría de Hacienda.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Conformar la Junta de Licitaciones y Adquisiciones como un organismo consultivo de la Secretaría de Hacienda integrada por el Subsecretario de Hacienda quien la presidirá, el Director Administrativo y Financiero, el Director Distrital de Contabilidad, el Subdirector Jurídico quien actuará como Secretario de la misma y el Subdirector Administrativo. Artículo 2º.-** La Junta tendrá las siguientes funciones:
1. Recomendar al Secretario de Hacienda la Adjudicación de las Licitaciones o concursos que adelante la Secretaría para el cumplimiento de sus funciones, previo análisis objetivo de la evaluación jurídica, técnica y económica.
2. Recomendar la celebración de cualquier clase de contrato necesario para el cumplimiento de las funciones administrativas.
3. Revisar los pliegos de condiciones y términos de referencia para las licitaciones o concursos que lleve a cabo la Secretaría de Hacienda.
Artículo 3º.
- Las evaluaciones jurídicas y económicas de las ofertas presentadas con ocasión de las licitaciones o concursos, así como las invitaciones públicas serán responsabilidad de la Subdirección Jurídica y de la Dirección Distrital de Contabilidad respectivamente. Artículo 4º.-** La evaluación técnica de las ofertas será responsabilidad de la Dirección Administrativa y Financiera y la Subdirección Administrativa en coordinación con el área que requiera el bien o servicio. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 17 de febrero de 1997. La Secretaria de Hacienda, CARMENZA SALDIAS BARRENECHE.
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