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Resolución 253 de 1998

Resolución 253 de 1998 Veeduría Distrital

Tipo
Resolución
Número
253
Año
1998
Fecha
31 de diciembre de 1998
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 253 DE 1998 (diciembre 31) por la cual se modifica parcialmente la Resolución 44 de marzo de 1995 La Viceveedora de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 4 literal H y artículo 5. Literal A, del Acuerdo Dsitrital 24 de 1993, y.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 44 del 29 de marzo de 1995, se expidieron los manuales de contratación y manejo de bienes de la Veeduría Distrital.

Que de acuerdo con la circular 58 de fecha 11 de noviembre de 1998, emanada del Contador General de Santa Fe de Bogotá, D.C., en su literal C, faculta a la entidad para que mediante estudio técnico determine los elementos devolutivos susceptibles de trasladar a bienes de consumo.

Que de acuerdo con el informe presentado por el comité conformado mediante Resolución 251 de 1998, y según las características que presentan unos elementos de uso frecuente en la entidad, se hace necesario incluirlos en la clasificación de los inventarios que contiene el Capítulo VI de la Resolución 44 de 1995.

RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el Capítulo 6 de la Resolución 44 del 29 de marzo de 1995 de la Veeduría Distrital, en el sentido de incluir dentro de la clasificación grupo 1 de bienes de consumo, los siguientes: | CÓDIGO ANTERIOR | ELEMENTOS | NUEVO CÓDIGO ---|---|--- 213 | BANDEROLAS FOSFORESCENTES | 112 213 | BOCELES | 112 213 | BOMBILLOS CARRO | 112 211 | BOTIQUINES PEQUEÑOS | 113 214 | BROCAS | 104 221 | CABLES DATA SWICHT | 112 213 | CABLES INICIACIÓN | 112 213 | CHAPAS tanque gasolina | 112 206 | OLLAS | 113 213 | DISYUNTORES ALARMA | 112 207 | EXTENSIONES | 104 206 | OLLETAS | 113 206 | VAJILLAS | 113 214 | LIMAS | 104 214 | LLANAS METÁLICAS | 104 214 | MANGUERAS | 104 221 | MULTITOMAS | 112 206 | OLLAS | 113 214 | PALUSTRES | 104 213 | PARASOL | 112 206 | PLATOS | 113 212 | PORTAMULTIPLES | 110 213 | PULPO MALETERO | 112 214 | PUNTEROS | 104 214 | RASTRILLO | 104 214 | REGADERAS | 104 213 | SEGUROS CAPO | 112 213 | SEGUROS STOP | 112

**

Artículo 2º.

-

** Autorizarse al Almacenista de la Veeduría Distrital, para que traslade del grupo 2 al grupo 1, los elementos de consumo, descritos en el artículo anterior.

**

Artículo 3º.

-

** La Resolución 44 de marzo 29 de 1995 continua vigente en los aspectos no modificados por esta Resolución.

**

Artículo 4º.

-

** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 31 de septiembre de 1998.

La Viceveedora Distrital, LAURA ISABEL LEÓN NAVAS.

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