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Resolución 246 de 1998

Resolución 246 de 1998 Veeduría Distrital

Tipo
Resolución
Número
246
Año
1998
Fecha
24 de diciembre de 1998
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 246 DE 1998 (diciembre 24) por la cual se toman medidas de ajuste respecto de la estructura funcional de la Veeduría Distrital El Veedor Distrital de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la Ley 87 de 1993 y el Acuerdo 24 de 1993 y, CONSIDENRADO: Que la Veeduría Distrital viene desarrollando acciones de ajuste de su estructura funcional, a través del desarrollo de los componentes del Sistema de Control Interno, y los diagnósticos provistos por el Proyecto de Mejoramiento Institucional;

Que en desarrollo de los productos esperados el Proyecto de Mejoramiento Institucional entregó el proyectil oficial "Manual de Funciones de la Entidad" que se encuentra en trámite para su oficialización, dependiendo de la decisión que surta el Concejo Dsitrital al respecto;

Que en tanto se define la aprobación oficial del Manual de Funciones para la Veeduría Distrital es necesario proveer una estructura normativa que defina aspectos de competencia y de actualización de la Entidad en los temas de Control interno y de Estructura Funcional; **

RESUELVE:

Artículo 1º.- Asignar la obligación de mantener actualizado el Manual de Procedimientos de la Veeduría Distrital al Equipo de Mejoramiento Institucional, conformado por la Jefe de la Unidad de Registro y Control, la Jefe de la Unidad de apoyo a la evaluación de gestión y resultados y el Asesor del Despacho para el Control Interno. Para tal efecto identificarán los procedimientos de las dependencias, diseñarán una metodología y cronograma de acción. Artículo 2º.- Asignar al Jefe de la Unidad de Servicios Administrativos y Financieros la función de actualizar el Manual de Funciones. Para tal efecto identificará las funciones de las dependencias, diseñará una metodología y un cronograma de acción. Artículo 3º.-** Asignar al Viceveedor la función de desarrollar metodologías, que permitan elaborar los planes y proyectos de la Entidad garantizando un ejercicio armónico de presupuesto.

Parágrafo. Transitorio.-** Los instrumentos a que se refieren los anteriores artículos deberán estar implementados a más tardar el 30 de abril de 1999. Comuníquese y cúmplase. Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 24 de diciembre de 1998. El Veedor Distrital, ERNESTO CARRASCO RÁMIREZ.

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