Resolución 61 de 1998
Resolución 61 de 1998 Veeduría Distrital
- Tipo
- Resolución
- Número
- 61
- Año
- 1998
- Fecha
- 6 de marzo de 1998
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 61 DE 1998 (marzo 6) por la cual se deroga la Resolución 8 del 10 de enero de 1997 y se reglamenta el control de asistencia, permisos, incapacidades y otros. El Veedor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Artículo 4, literal h) del Acuerdo 24 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que para la adecuada administración del personal que labora en la Veeduría Distrital, es necesario reglamentar algunas situaciones administrativas.
RESUELVE:
Artículo 1º.- _Control de Asistencia._ Los funcionarios de la Veeduría Distrital con excepción del Veedor, Viceveedor, Veedores Delegados, Jefes de Unidad y Secretario Privado, deberán registrar diariamente la hora de entrada y salida, en el sistema dispuesto para tal efecto. Artículo 2º.-** _Permisos._ Para el trámite de los permisos se tendrán en cuenta los siguientes procedimientos:
1. Los permisos deberán estar justificados por parte del funcionario que lo solicite.
2. El Jefe inmediato podrá autorizar permisos hasta por un (1) día, vale decir los Jefes de las Unidades: Jurídica, Administrativa y los Veedores Delegados.
3. El Jefe de la Unidad de Servicios Administrativos y Financieros podrá autorizar los permisos de los funcionarios de la Veeduría, hasta por tres (3) días.
Artículo 3º.
- _Las Incapacidades._ Deben ser expedidas o refrendadas por la Empresa Promotora de Salud E.P.S. a la cual esté afiliado el funcionario. Artículo 4º.- _Ingreso a Oficinas._ El personal que en razón del servicio tenga que ingresar o permanecer en las instalaciones de la Veeduría en horas no laborables, deberá informar el hecho al Jefe inmediato, para la respectiva autorización. Artículo 5º.- Las novedades de personal anteriormente reglamentadas serán informadas oportunamente al área de personal para los registros correspondientes. Artículo 6º.- El incumplimiento a estas disposiciones será considerado como causal de mala conducta. Artículo 7º.-** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase. Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 6 de marzo de 1998. El Veedor Distrital, ERNESTO CARRASCO RAMÍREZ.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…