Jurismart

Resolución 1 de 1999

Resolución Reglamentaria 1 de 1999 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución
Número
1
Año
1999
Fecha
5 de febrero de 1999
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1 DE 1999 (febrero 5) por la cual se adoptan los códigos y las siglas para identificar las diferentes dependencias que integran la estructura orgánica de la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C. el Contralor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 10 y numeral 22 del artículo 12 del Acuerdo 16 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo 16 de 1993 el Concejo de Bogotá determinó en el artículo 11, la estructura orgánica de la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C., Que es necesario determinar los códigos y las siglas para identificar las dependencias de la Entidad en los diferentes trámites técnicos y administrativos.

Que al emplear los códigos y las siglas en los formatos y trámites en general, se simplifica y se racionaliza el manejo y la administración de los documentos en la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C.

RESUELVE:

Artículo 1º.-** _Manejo de Códigos._ El código que se determina para cada dependencia se ha conformado con cuatro (4) dígitos que indican su ubicación de acuerdo con la estructura orgánica de la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C. Los dos (2) primeros dígitos identifican las siguientes dependencias: Despacho del Contralor, Despacho del Contralor Auxiliar, Secretaría General y unidades; el tercer (3er) dígito identifica a las Divisiones y el cuatro (4º) dígito identifica los grupos, áreas o programas de trabajo que sean constituidos en la estructura interna, mediante acto administrativo.

Parágrafo. - Cuando se organice en la estructura orgánica de la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C., grupos, áreas o programas de trabajo de carácter especial o permanente, con el fin de desarrollar funciones específicas, la Unidad de Planeación, a solicitud de la dependencia interesada, le asignará el código de identificación que deberá utilizar en los diferentes procesos técnicos y administrativos en que intervenga, en especial los relacionados con e tramite de la correspondencia. Artículo 2º.- _Código y Siglas._ Adoptar los siguientes códigos y siglas para identificar las dependencias que integran la estructura funcional de la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C. | CÓDIGO | DEPENDENCIA | SIGLA
---|---|--- 0100 | DESPACHO DEL CONTRALOR | CON 0101 | Asesor Contralor | ACO 0110 | División de Comunicación | 0200 | DESPACHO DEL CONTRALOR AUXILIAR | CAU 0300 | SECRETARÍA GENERAL | SEG 0301 | Área de Control Interno Disciplinario | 0310 | División de participación Ciudadana | 0400 | UNIDAD DE CONTROL INTERNO | UCI 0500 | UNIDAD DE JURISDICCIÓN COACTIVA | UJC 0600 | UNIDAD ASESORA | UAS 0700 | UNIDAD DE CONSOLIDACIÓN GLOBAL, RESULTADOS Y CONTROL CALIDAD | UCG 0710 | División Operativa para Obras Públicas | 0720 | División Valoración y Cuentas Ambientales | 0730 | División de Control de Calidad de los Bienes Públicos | 0800 | UNIDAD DE PLANEACIÓN | UPL 0900 | UNIDAD DE CONTROL SECTOR DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO LOCAL | UIN 0910 | División de Revisión de Cuentas | 0920 | División de Control Legal | 0930 | División de Control Financiero | 0940 | División de Control Gestión y Recaudos | 1000 | UNIDAD DE CONTROL SECTORIAL | USS 1010 | División de Revisión de Cuentas | 1020 | División de Control Legal | 1030 | División de Control Financiera | 1040 | División de Control Gestión y Resultados | 1100 | UNIDAD DE CONTROL SECTOR GOBIERNO | UGO 1110 | División de Revisión de Cuentas | 1120 | División de Control Legal | 1130 | División de Control Financiero | 1140 | División de Control Gestión y Resultados | 1200 | UNIDAD DE CONTROL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO | UAA 1210 | División de Revisión de Cuentas | 1220 | División de Control Legal | 1230 | División de Control Financiero | 1240 | División de Control Gestión y Resultados | 1300 | UNIDA DE CONTROL RECURSOS ENERGÉTICOS | URE 1310 | División de Revisión de Cuentas | 1320 | División de Control Legal | 1330 | División de Control Financiero | 1340 | División de Control Gestión y Resultados | 1400 | UNIDAD DE CONTROL RECURSOS ENERGÉTICOS | UTE 1410 | División de Revisión de Cuentas | 1420 | División de Control Legal | 1430 | División de Control Financiero | 1440 | División de Control Gestión y Resultados | 1500 | UNIDAD DE AUDITORÍA DE SISTEMAS | UAS 1510 | División de Sistemas de Cómputo | 1520 | División de Auditoría de Aplicaciones | 1600 | UNIDAD DE FINANZAS PÚBLICAS | UFP 1610 | División Análisis Económico | 1620 | División de Auditoría de Aplicaciones | 1700 | UNIDAD DE INVESTIGACIONES Y JUICIOS FISCALES | UIJF 1710 | División de Indagaciones preliminares | 1720 | División de Investigaciones Fiscales | 1730 | División de Juicios Fiscales | 1800 | UNIDAD ADMINISTRATIVA | UAD 1810 | División Servicios Administrativos | 1820 | División Financiera | 1830 | División de Sistemas | 1900 | UNIDAD DE PERSONAL | UPE 1910 | División de Administración de Personal | 1920 | División de Bienestar Social | 1930 | División Escuela de Capacitación |

Artículo 3º.

-**_Uso de Códigos y Siglas._ El código y la sigla asignados a cada dependencia, serán empleados para preparar y tramitar la correspondencia, diligenciar formularios, elaborar trabajos, estudios e investigaciones y archivar correspondencia y documentos.

Parágrafo. -** Las siglas serán empleadas en los asuntos de carácter interno y no se registrarán en la elaboración de la correspondencia externa.

Artículo 4º.

-** _Cumplimiento._ A partir de la vigencia de esta Resolución, todos los trámites administrativos que se realicen en la Contraloría de Santa Fe de Bogotá, D.C., se deben identificar con la nomenclatura prevista en la presente Resolución.

Las áreas de Correspondencia y Archivo de la Secretaría General, devolverán a la dependencia de origen la correspondencia que no se tramite con los nuevos códigos y verificarán en coordinación con la Unidad de Control Interno su estricto cumplimiento.

Artículo 5º.

-** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Santa Fe de Bogotá D.C., a 5 de febrero de 1999.

El Contralor, JOSÉ OVIDIO CLAROS POLANCO.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar