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Resolución 568 de 2001

Resolución 568 de 2001 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
568
Año
2001
Fecha
15 de noviembre de 2001
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

Resolución 568 DE 2001 (15 noviembre) [Derogada por el artículo 20 de la Resolución 617 de 2003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=10392#20) Por la cual se delegan unas funciones y se asigna una atribución en la Subsecretaría General LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C., en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, en concordancia con los artículos 110 del Decreto Nacional 111 de 1996 y 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, y**

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, _"Los Órganos y Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la Ley. Estas facultades estarán en cabeza del Jefe de cada Entidad quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes"_.

Que en los términos del artículo 9º de la Ley 489 de 1998, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., podrá delegar sus funciones en otros empleados del nivel directivo del mismo organismo.

Que la delegación se ha constituido en uno de los mecanismos más efectivos para darle celeridad y cumplimiento a los principios de la función administrativa contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política.

Que en mérito de lo expuesto, **

RESUELVE:

[Ver Resolución 569 de 2001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4137#1)

Artículo primero.

-** Delegar en el Subsecretario General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor del Distrito Capital, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la ordenación del gasto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

Parágrafo. De conformidad con el artículo 60 del Decreto Distrital 714 de 1996, la ordenación del gasto incluye la ordenación del pago.

Artículo segundo.

Delegar en el Subsecretario General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor del Distrito Capital, la facultad de celebrar los contratos que deban efectuarse mediante el procedimiento de contratación directa, así como la realización y ejecución de todos los demás actos inherentes a la actividad contractual, tales como la aprobación de las pólizas, la aprobación de las actas de liquidación de los contratos, la suscripción de las adiciones y prórrogas a que haya lugar, entre otros.

Parágrafo. PRIMERO: **En ejercicio de la anterior delegación, corresponderá también al delegatario, realizar y ejecutar los actos inherentes a la actividad contractual enunciados en el presente artículo, respecto de los contratos celebrados mediante el procedimiento de contratación directa suscritos con anterioridad a la presente delegación.

Parágrafo. SEGUNDO: **Exceptuar de la delegación conferida en este artículo, la celebración de convenios interadministrativos, así como la contratación directa que efectúe la Dirección Técnica de la Unidad Coordinadora de Prevención Integral – UCPI.

Artículo tercero.

Delegar en el Subsecretario General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor del Distrito Capital, la aprobación de las pólizas de los contratos que celebre la Secretaría General.

Artículo cuarto.

Designar en el Subsecretario General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor del Distrito Capital, la expedición de las certificaciones de la historia laboral para la emisión de bonos pensionales de los funcionarios y exfuncionarios de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

Artículo quinto.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución 420 de 1993. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C. 15 de noviembre de 2001 LILIANA CABALLERO DURAN Secretaria General

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