Resolución 2 de 2001
Resolución 2 de 2001 Corporación La Candelaria
- Tipo
- Resolución
- Número
- 2
- Año
- 2001
- Fecha
- 26 de abril de 2001
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**RESOLUCION 2 DE 2001 (Abril 26) por la cual se modifica la planta de personal de la Corporación La Candelaria LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CORPORACIÓN LA CANDELARIA, en ejercicio de las facultades que le otorga el acuerdo 10 de 1980 y los artículos 56 y 57 del Decreto 1421 de 1993.
CONSIDERANDO:
Que el articulo 9o, literal e) del Acuerdo 10/80 faculta a la Junta Directiva de la Corporación la Candelaria para crear, suprimir y modificar cargos.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 301 numeral 3, del Decreto 619 de 2000 (POT de Bogotá Distrito Capital), el cual establece al final que: "la Corporación la Candelaria deberá ajustar su estructura y organización a las funciones que se le asignan por este plan."
Que la Corporación la Candelaria adelantó los estudios de que trata el articulo 41 de la ley 443 de 1998, reglamentada por los decreto 1572 y 2504 de 1998.
Que mediante Comunicación No 01462 del 23 de abril de 2001, el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de personal de la Corporación La Candelaria.
Que mediante oficio No. 2001EE7389 del 23 de abril de 2001, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá D.C., expidió viabilidad presupuestal No 502 para amparar la modificación a la planta de personal de la entidad.
Que la Secretaría de Hacienda Distrital, mediante oficio No 2001EE765 del 26 de abril de 2001, dio respuesta a la solicitud de adición presupuestal por $120.000.000.oo, al rubro de indemnizaciones laborales efectuada por esta Corporación, manifestando que: "...estos recursos están garantizados por la Secretaría de Hacienda, a través del Fondo de Compensación, para lo cual se están realizando los trámites correspondientes para expedir el Decreto de adición"
RESUELVE:
Artículo 1o.
Suprimir los siguientes cargos de la planta global de empleos públicos de la Corporación la Candelaria: | No. DE CARGOS | DENOMINACIÓN DEL CARGO | CODIGO | GRADO ---|---|---|--- | NIVEL DIRECTIVO | | 1 (UNO) | SUBGERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA | 092 | 01 | NIVEL ASESOR | | 1 (UNO) | ASESOR | 105 | 01 1 (UNO) | ASESOR | 105 | 02 2 (DOS) | JEFE DE OFICINA ASESORA | 115 | 03 | NIVEL EJECUTIVO | | 1 (UNO) | TESORERO | 201 | 01 | NIVEL PROFESIONAL | | 1 (UNO) | PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 335 | 03 1 (UNO) | PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 335 | 04 2 (DOS) | PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 340 | 01 | NIVEL ADMINISTRATIVO | | 1 (UNO) | SECRETARIO EJECUTIVO | 525 | 04 2 (DOS) | SECRETARIO | 540 | 03 1 (UNO) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 550 | 01 | NIVEL OPERATIVO | | 5 (CINCO) | AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 605 | 01 1 (UNO) | AYUDANTE | 610 | 02 **
Artículo 2o.
-
Crear los siguientes cargos de la planta global de empleos públicos de la Corporación la Candelaria. No. DE CARGOS | DENOMINACIÓN DEL CARGO | CODIGO | GRADO ---|---|---|--- | NIVEL ASESOR | | 4 (CUATRO) | ASESOR | 105 | 03 | NIVEL ADMINISTRATIVO | | 2 (DOS) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 550 | 04 1 (UNO) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 550 | 02
Artículo 3o.
-
Las funciones propias de la Corporación la Candelaria serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
1. DESPACHO DEL GERENTE:
No. DE CARGOS | DENOMINACIÓN DEL CARGO | CODIGO | GRADO ---|---|---|--- 1 (UNO) | GERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA | 034 | 02 4 (CUATRO) | ASESOR | 105 | 03 2. | PLANTA GLOBAL: | | No. DE CARGOS | DENOMINACIÓN DEL CARGO | CODIGO | GRADO | NIVEL DIRECTIVO | | 2 (DOS) SUBGERENTE GENERAL ENTIDAD DESCENTRLIZADA 092 | 01 | | ---|---|---|--- | NIVEL PROFESIONAL | | 4 (CUATRO) | PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 335 | 03 4 (CUATRO) | PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 340 | 02 | NIVEL ADMINISTRATIVO | | 2 (DOS) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 550 | 04 2 (DOS) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 550 | 02 2 (DOS) | SECRETARIO | 540 | 03 | NIVEL OPERATIVO | | 1(UNO) | CONDUCTOR | 620 | 02
Artículo 4o.
Facultar al Gerente General de la Corporación la Candelaria para realizar la incorporación de los funcionarios que conforman la planta global de personal que se adopta mediante la presente resolución.
Artículo 5o.
Autorizar al Gerente General de la Corporación La Candelaria, para distribuir los empleos de la planta global de personal de conformidad con la estructura, naturaleza, necesidades del servicio y los planes y proyectos de la Entidad, en armonía con los principios de la Función Pública.
Artículo 6o.
** Los empleos de carrera titulares de los cargos suprimidos en virtud de lo dispuesto en la presente resolución, de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, podrán optar por ser incorporados a empleo equivalente o por recibir indemnización.
El procedimiento aplicable a lo consagrado en el presente artículo será establecido en el título 3 del Decreto 1568 de 1998.
Parágrafo.
La indemnización a que el inciso primero del presente artículo se refiere se reconocerá y pagará de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 del Decreto Reglamentario 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 7o.
Cuando los servidores públicos que ocupen los cargos suprimidos en virtud de la presente resolución se encuentren bajo situaciones jurídicas que hagan imposible su retiro efectivo del servicio, éste se pronunciará cuando cesen los efectos de tales situaciones
Artículo 8o.
Los Gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución por concepto de indemnizaciones laborales que se causen con ocasión de la supresión de cargos, se reconocerán y pagarán conforme a los dispuesto en las normas legales con cargo al presupuesto de la Corporación La Candelaria.
Artículo 9o.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de abril de dos mil uno (2001).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Presidente JUNTA DIRECTIVA Secretario JUNTA DIRECTIVA NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2380 del 27 de Abril de 2001.
**
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