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CIRCULAR EXTERNA 65 de 2006

Resolución 2120 de 2006 - medidas para la importación de algunas sustancias agotadoras de la capa de ozono

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
65
Año
2006
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que los Ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de Comercio, Industria y Turismo expidieron de manera conjunta la Resolución 2120 del 31 de octubre de 2006, cuyo objeto es prohibir la importación de las sustancias agotadoras de la capa de ozono relacionadas en los Grupos II y III del Anexo C del Protocolo de Montreal, así como establecer medidas para controlar las importaciones de las sustancias agotadoras de la capa de ozono listadas en el Grupo I del Anexo C del Protocolo de Montreal. El alcance de la resolución aplica para las siguientes sustancias:

Se precisa que las sustancias contempladas en los Grupos II y III del Anexo C del Protocolo de Montreal, son de prohibida importación. En cuanto al Grupo I del Anexo C del Protocolo de Montreal, se permite la importación siempre y cuando se solicite el visto bueno expedido por la Dirección de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, previo a la aprobación de la solicitud de importación por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 7° de la Resolución 2120 de 2006, la vigencia de los vistos buenos para la importación será de tres (3) meses contados a partir de la fecha de su expedición, y la fecha máxima de vigencia del visto bueno será el 31 de diciembre del año en el que fue otorgado.

La Resolución 2120 empezó a regir a partir del 2 de noviembre de 2006, fecha de su publicación en el Diario Oficial 46.440.

Cordialmente, El Director de Comercio Exterior, Rafael Antonio Torres Martín.

(C. F.)

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