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DECRETO 2602 de 1998

por medio del cual se modifica el Decreto 1698 de 1997.

Tipo
DECRETO
Número
2602
Año
1998
Entidad
MINISTERIO DE SALUD
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modifíquese el artículo 1° del Decreto 1698 de junio de 1997, en el sentido de ampliar hasta el 31 de diciembre de 1999, el término establecido para que el Ministerio de Salud conjuntamente con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público elabore el cálculo del monto del pasivo prestacional del sector salud, así como el porcentaje de la concurrencia de que trata el artículo 33 de la Ley 60 de 1993, con base en los criterios establecidos en el Decreto 530 de 1994.

Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 1 DECRETO 1698 de 1997

Artículo 2°.

El presente decreto rige a partir de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Ministro de Salud, Virgilio Galvis Ramírez.

El Ministro de Trabajo, Hernando Yepes Arcila.

El Ministro de Desarrollo Económico, Fernando Araújo Perdomo.

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