DECRETO 2561 de 2009
por el cual se modifica el Decreto 1486 de 1999.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2561
- Año
- 2009
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política.
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifícase el artículo 4° del Decreto 1486 de 1999, el cual quedará así:
“Artículo 4°. Para la fijación de los honorarios de los miembros de juntas o consejos directivos, comités o comisiones de las mismas, a que se refieren los artículos anteriores, deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios:
1. Se fijarán por resolución, en salarios mínimos legales mensuales vigentes, por sesión.
2. Se establecerán, entre otros, de acuerdo al nivel de activos del respectivo establecimiento público, empresa industrial y comercial del Estado, sociedad de economía mixta o sociedad en que la Nación posea participación mayoritaria, y tomando en consideración las disponibilidades presupuestales de la respectiva entidad y su viabilidad financiera.
3. Por las sesiones realizadas en un mismo día solo podrá pagarse el equivalente a una sesión.
3. Por las reuniones de juntas o consejos directivos no presenciales, se pagará la mitad de los honorarios establecidos.
Parágrafo. El valor de los honorarios establecidos de acuerdo con lo dispuesto en el presente artículo, se incrementará automáticamente con el incremento anual del salario mínimo legal mensual decretado por el Gobierno Nacional”.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 4 DECRETO 1486 de 1999
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 4° del Decreto 1486 de 1999.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de julio de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.