Jurismart

DECRETO 2551 de 2002

Por el cual se establece el requisito de licencia previa para la importación de unos productos

Tipo
DECRETO
Número
2551
Año
2002
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y las Leyes 6ş de 1971 y 7Ş de 1991,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 13 del artículo 5ş del Decreto 2553 de 1999 dispone que los requisitos aplicables a las importaciones, en tanto son regulaciones de comercio exterior, deben establecerse mediante decreto del Gobierno Nacional,

DECRETA:

Artículo 1°.

Incluir en el régimen de licencia previa la leche clasificada por la siguiente partida arancelaria: Código

Descripción 04.02 Leche y nata (crema), concentradas, o con adición de azúcar u otro edulcorante.

Artículo 2ş. Las mercancías de que trata el artículo anterior, embarcadas hacia Colombia con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto no les será aplicable el cambio de régimen de libre a previa.

Artículo 3ş. El presente decreto se aplicará por el término de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 4ş. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de noviembre de 2002.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Carlos Gustavo Cano Sanz El Ministro de Comercio Exterior, Jorge Humberto Botero Angulo.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar