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DECRETO 2519 de 2003

por medio del cual se deroga el numeral 3 del artículo 1º del Decreto 2200 del 19 de octubre de 2001.

Tipo
DECRETO
Número
2519
Año
2003
Entidad
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las atribuciones constitucionales y legales, y en especial la conferida en el artículo 31 de la Ley 685 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2200 del 19 de octubre de 2001 se declaró, entre otras, el área de reserva especial de San Pedro para un yacimiento de carbón, ubicada en los municipios de San Cayetano y Cúcuta, departamento de Norte de Santander, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 31 de la Ley 685 de 2001, Código de Minas;

Que Minercol Ltda., mediante Oficio número 1050 4264 del 17 de junio de 2003, radicado con el número 313570 18/06/03, informó que el área de reserva San Pedro, se superpone parcial y totalmente a varios títulos mineros vigentes;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Código de Minas la declaratoria de áreas de reserva especial debe efectuarse sin perjuicio de los títulos mineros vigentes, otorgados o reconocidos;

Que por lo anterior se hace necesario derogar el numeral 3 del artículo 1ş del Decreto 2200 de 2001, el cual hace referencia al área de Reserva Especial San Pedro, ubicada en los municipios de San Cayetano y Cúcuta, departamento de Norte de Santander,

DECRETA:

Artículo 1ş. Derógase el numeral 3 del artículo 1ş del Decreto número 2200 del 19 de octubre de 2001, el cual hace referencia al área de Reserva Especial de San Pedro, ubicada en los municipios de San Cayetano y Cúcuta, departamento de Norte de Santander, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.

Afecta la vigencia de: Deroga parcialmente (numeral 3 ) Artículo 1 DECRETO 2200 de 2001

Artículo 2.

ş. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de septiembre de 2003.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro de Minas y Energía, Luis Ernesto Mejía Castro.

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