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DECRETO 2515 de 2005

por el cual se modifica la Planta de Personal de la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF.

Tipo
DECRETO
Número
2515
Año
2005
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia concepto previo favorable;

Que para los fines de este decreto se cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

DECRETA:

Artículo 1°.

Suprímense los siguientes empleos de la planta de personal de la Unidad de Información y Análisis Financiero, así: Nş de empleos

Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Subdirector General de Unidad Administrativa Especial 0040 17 2 (dos) Técnico Operativo 4080 14 Artículo 2ş. Las funciones propias de la Unidad de Información y Análisis Financiero, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece: Nş de empleos Dependencia y denominación del empleo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1 (uno) Director General de Unidad Administrativa Especial 0015 25 2 (dos) Asesor 1020 16 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15 PLANTA GLOBAL 3 (tres) Subdirector General de Unidad Administrativa Especial 0040 22 1 (uno) Jefe de Oficina 0137 11 3 (tres) Asesor 1020 13 2 (dos) Asesor 1020 11 2 (dos) Asesor 1020 09 2 (dos) Profesional Especializado 3010 23 1 (uno) Profesional Especializado 3010 22 17 (diecisiete) Profesional Especializado 3010 19 2 (dos) Técnico Operativo 4080 17 2 (dos) Secretario Ejecutivo 5040 19 5 (cinco) Auxiliar Administrativo 5120 14 1 (uno) Conductor Mecánico 5310 13 Artículo 3ş. El Director General de la Unidad de Información y Análisis Financiero, mediante resolución distribuirá los cargos de que trata el artículo 2ş del presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, los planes, programas, proyectos y las necesidades del servicio de la entidad.

Artículo 4ş. La incorporación de los funcionarios a la planta de personal que se establece en el artículo 2ş del presente decreto, se hará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

Artículo 5ş. Los empleados públicos de la Unidad de Información y Análisis Financiero, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeńan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto 2740 de 2003. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 2740 de 2003 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de julio de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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