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Acuerdo Local 005 de 2004

Acuerdo Local 5 de 2004 Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Acuerdo Local
Número
005
Año
2004
Fecha
22 de diciembre de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 005 DE 2004 (Diciembre 22) [Sancionado por el Decreto Local 97 de 2004](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32463#0) Por medio del cual se aprueba el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2005. LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En uso de las atribuciones legales, conferidas por la Constitución Política de Colombia en el articulo 324, decreto ley 1421 de 1.993, articulo 69 numeral 4 y articulo 89 en concordancia con la ley 152 del plan de desarrollo ley 179 de presupuesto, decretos distritales 714, 1139 y demás normas concordantes y decretos reglamentarios vigentes.

CONSIDERANDO:

1.

Que es función de la Junta Administradora Local como corporación distribuir y aprobar las partidas globales que en presupuesto anual de Bogotá, se asignen a las localidades teniendo en cuenta sus necesidades básicas insatisfechas, de acuerdo a las características sociales de sus habitantes y aprobar el presupuesto anual previo concepto CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS-, en concordancia con el Plan de Desarrollo Local. 2.

Que mediante oficio de radicación de SH No. 2004EE11554101, el Doctor PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda Distrital comunicó a esta localidad la cuota global del gasto para la inversión de 2.005 de acuerdo con el cálculo de los ingresos corrientes de la administración con el fin de proceder a la elaboración del proyecto del presupuesto para el 2.005 en una cuantía de $ 17.693.122.811.oo 3.

Que dicho valor debe utilizarse para financiar proyectos concordantes con el Plan de Desarrollo Local, en busca de la satisfacción de las necesidades básicas insatisfechas de la localidad y que igualmente se debe destinar una cifra no inferior a un valor de $1.794.041.788.oo para financiar pavimentos locales, teniendo en cuenta que estos ingresos la administración Distrital los estima a recaudar por concepto de sobretasa a la gasolina y ACPM. 4.

Que de acuerdo al comportamiento histórico de los ingresos propios de la localidad se estimaron unos ingresos propios, por multas para la localidad en la suma de $ 2.650.419,oo y por otros ingresos $ 75.000.000,oo. 5.

Que el monto definitivo para la elaboración del proyecto de presupuesto asciende a $17.770.773.230.oo [Ver el Decreto Local 98 de 2004](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32464#0) **

ACUERDA:

Artículo primero.

Aprobar el presupuesto anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe en $33.548.453.063,oo (TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SESENTA Y TRES PESOS MTE/100) | ** IMPUTACIÓN ---

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