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DECRETO 2449 de 1990

por el cual se reglamenta la Ley 38 de 1989.

Tipo
DECRETO
Número
2449
Año
1990
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°.

Cuando los organismos y entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación efectúen distribuciones de alguno de las conceptos del gasto o celebren contratos entre sí, que afecten el presupuesto de los establecimientos públicos nacionales, sus juntas o consejos directivos podrán expedir resoluciones o acuerdos, para hacer los ajustes en sus respectivos presupuestos. Estas resoluciones o acuerdos requieren refrendación de la Dirección General del Presupuesto.

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de octubre de 1990.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

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