DECRETO 2447 de 1997
por el cual se modifica el Decreto 2267 de septiembre 12 de 1997, que reglamenta la Comisión de Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2447
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DEL INTERIOR
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 5ş, numeral 2, literales i) y 1) y numeral 5 literales b) y c) de la Ley 199 de 1995 y 7ş, numeral 4.5 del Decreto 0372 de 1996,
DECRETA:
Artículo 1.
ş. Suprímese del artículo 4ş del Decreto 2267 de 1997, la expresión "Inscritos", que se encuentra a continuación de la palabra candidatos.
Afecta la vigencia de: Suprime Artículo 4 DECRETO 2267 de 1997
Artículo 2.
ş. Las comisiones de que trata el Decreto 2267 de septiembre 12 de 1997, tendrán una función adicional en los siguientes términos: "Velar por que los observadores internacionales y las veedurías internacionales reciban las garantías y avales necesarios para desempeńar sus funciones".
Artículo 3ş. El artículo 1ş del Decreto 2267 de septiembre 12 de 1997, contará con un parágrafo en los siguientes términos:
Parágrafo.
Al interior de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, funcionarán cinco comités a cargo de las siguientes materias: a) De observación y veeduría internacional; b) Paz y orden público; c) Medios de comunicación; d) Financiación de campańas, y e) Medidas tendientes a garantizar la transparencia electoral.
Afecta la vigencia de: Adiciona (parágrafo ) Artículo 1 DECRETO 2267 de 1997 Artículo 4ş. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 3 de octubre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Carlos Holmes Trujillo García.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.