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DECRETO 2444 de 2003

por el cual se modifica la planta de personal de las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en Liquidación.

Tipo
DECRETO
Número
2444
Año
2003
Entidad
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 950 del 11 de abril de 2003, "por el cual se suprime el establecimiento público Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional y se ordena su liquidación";

Que Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, obteniendo el concepto técnico favorable de este Departamento;

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el respectivo certificado de viabilidad presupuestal para efectos de modificar la planta de personal de Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en Liquidación,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal de las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en liquidación:

PLANTA GLOBAL Número de Cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Médico Medio Tiempo 3085 15 1 (uno) Capellán Medio Tiempo 3060 06 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 06 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 09 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 06 1 (uno) Enfermero Auxiliar 5345 07 1 (uno) Secretario 5140 13 1 (uno) Supervisor 5105 12 1 (uno) Supervisor 5105 10 4 (cuatro) Auxiliar de Servicios Generales 5335 05

Artículo 2.

ş. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo primero del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998 y demás normas vigentes sobre la materia.

Artículo 3.

ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 2918 del 5 de diciembre de 1997 y las demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 2918 de 1997

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de agosto de 2003.

ALVARO URIBE VELEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.

La Ministra de Educación Nacional, Cecilia María Vélez White.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.

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