DECRETO 2402 de 1997
por el cual se aprueba el Acuerdo número 009 del 14 de agosto de 1997, de la Junta Liquidadora del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot, en liquidación.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2402
- Año
- 1997
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro del Interior de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales otorgadas mediante Decreto número 2298 del 17 de septiembre de 1997, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978, y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1672 de 1997,
DECRETA:
Artículo 1ş. Apruébase el Acuerdo número 009 del 14 de agosto de 1997, expedido por la Junta Liquidadora del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot, en liquidación, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 009 DE 1997 (agosto 14) por el cual se aprueba el programa de supresión de empleos de la planta de personal del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot, en liquidación.
La Junta Liquidadora del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot, en liquidación, en uso de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 1672 del 27 de junio de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República expidió la Ley 344 del 27 de diciembre de 1996, mediante la cual dictó normas tendientes a la racionalización del gasto público;
Que el artículo 30 de la Ley 344 de 1996, revistió de facultades extraordinarias al Presidente de la República, por el término de 6 meses, para suprimir o fusionar, consultando la opinión de la Comisión de Racionalización del Gasto Público, dependencias, órganos y entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional;
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto-ley 1672 del 27 de junio de 1997, mediante la cual se ordenó la supresión del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot y se ordenó su liquidación;
Que de conformidad con el artículo 1ş del citado Decreto-ley 1672, el proceso de liquidación de dicho establecimiento debe concluir a más tardar el 31 de octubre de 1997;
Que el artículo 8ş del citado decreto-ley seńala que la Junta Liquidadora suprimirá los empleos, desempeńados por empleados públicos, de acuerdo con el programa de supresión de empleos que para tal efecto establezca dicha junta, dentro de los 2 meses siguientes a la vigencia del decreto;
Que revisado el cronograma de supresión de empleos presentado a su consideración por el Liquidador, se tiene que éste se ajusta a las disposiciones contenidas en el Decreto 1672 de 1997;
Que el cronograma de supresión de empleos se fundamentó en los Acuerdos número 032 del 15 de noviembre de 1990 y 011 del 11 de mayo de 1994, que establecen la planta de personal del Fondo Nacional del Notariado;
Que por lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1ş. Aprobar el programa de supresión de empleos de la planta de personal del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot, en liquidación, teniendo en cuenta el cronograma presentado por el liquidador.
Artículo 2ş. De conformidad con el artículo anterior, suprímanse los empleos de la planta de personal del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot, en liquidación, así:
Suprimir a partir del 30 de septiembre de 1997, los siguientes empleos Cargos a suprimir Denominación del cargo Código Grado 1 Operador de equipos de sistemas 4100 06 1 Secretario ejecutivo 5040 16 1 Auxiliar administrativo 5120 07 1 Secretario 5140 08 Suprimir a partir del 15 de octubre de 1997, los siguientes empleos Cargos a suprimir Denominación del cargo Código Grado 1 Profesional Universitario 3020 08 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 02 Suprimir a partir del 31 de octubre de 1997, los siguientes empleos Cargos a suprimir Denominación del cargo Código Grado 1 Director General de entidad descentralizada (Liquidador) 0015 19 1 Subdirector General de entidad descentralizada 0040 07 1 Jefe de Sección 2075 06 1 Tesorero 5015 22 1 Almacenista 5080 11 1 Secretario 5140 11 1 Conductor Mecánico 5310 03 1 Ayudante de Oficina 5155 07 1 Auxiliar de Servicios Generales 5335 01 Parágrafo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8ş del Decreto-ley 1672 de 1997, al vencimiento del término para la liquidación de la entidad, es decir, al 31 de octubre de 1997, quedarán automáticamente suprimidos los cargos todavía existentes.
Artículo 3ş. Los empleados públicos de carrera desvinculados del Fondo Nacional del Notariado "Fonanot" en liquidación, como consecuencia de la supresión de los empleos que desempeńan, tendrán derecho a la indemnización consagrada en la Ley 27 de 1992, su Decreto Reglamentario 1223 de 1993 y las demás disposiciones que la modifiquen o sustituyan.
Artículo 4ş. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación del decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga los Acuerdos números 032 del 15 de noviembre de 1990 y 011 del 11 de mayo de 1994 de la Junta Directiva del Fondo Nacional del Notariado y demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los catorce (14) días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete (1997).
El Presidente, Fdo. Campo Elías Rivera Pico.
El Secretario, Fdo. Nelson Javier Restrepo Arboleda.» Artículo 2ş. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 3145 de 1990 y 1595 de 1994.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1595 de 1994 Deroga DECRETO 3145 de 1990 Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 26 de septiembre de 1997.
CARLOS HOLMES TRUJILLO GARCIA La Ministra de Justicia y del Derecho, Almabeatriz Rengifo López.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.
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