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DECRETO 2381 de 1994

por el cual se concede autorización a unos funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para aceptar la invitación del Centro Interamericano de Administradores Tributarios CIAT

Tipo
DECRETO
Número
2381
Año
1994
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep˙blica de Colombia, Ý ÝÝ en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artÌculos 129 de la ConstituciÛn PolÌtica de Colombia, y 8.∞ del Decreto 2400 de 1968, yÝ ÝÝ

CONSIDERANDO:

Ý ÝÝ Que el doctor Carlos Augusto Paredes Tamayo, identificado con la cÈdula de ciudadanÌa n˙mero 80411764, y la doctora Mana Adelaida Montoya Sierra, identificada con la cÈdula de ciudadanÌa n˙mero 43060437, funcionarios de la Unidad Administrativa Especial DirecciÛn de impuestos y Aduanas Nacionales, entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y CrÈdito P˙blico, han solicitado autorizaciÛn para aceptar la invitaciÛn del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT, como consultores en la ciudad de San JosÈ de Costa Rica, por el tÈrmino de tres (3) meses, a partir de la fecha de publicaciÛn del presente Decreto;Ý ÝÝ Que de conformidad con lo dispuesto en el artÌculo 129 de la ConstituciÛn PolÌtica de Colombia, "los servidores p˙blicos no podr·n aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorizaciÛn del Gobierno";Ý ÝÝ Que el Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT, reconocer· al doctor Carlos Augusto Paredes Tamayo y a la doctora MarÌa Adelaida Montoya Sierra, los gastos de transporte, vi·ticos y honorarios a que haya lugar, con el fin de atender la invitaciÛn objeto de la autorizaciÛn indicada en el considerando anterior, para lo cual dichos funcionarios deber·n tramitar la correspondiente comisiÛn especial de servicios sin remuneraciÛn, de que trata el artÌculo 34 del Decreto 1647 de 1991,Ý ÝÝ

DECRETA:

Ý ÝÝ

ArtÌculo 1∞ ConfiÈrese autorizaciÛn al doctor Carlos Augusto Paredes Tamayo, identificado con cÈdula de ciudadanÌa n˙mero 80411764, actual Especialista en Ingresos P˙blicos III Nivel 42 Grado 34, designado como Administrador de Impuestos y Aduanas de la AdministraciÛn Regional Noroccidente de la Unidad Administrativa Especia) DirecciÛn de Impuestos y Aduanas Nacionales, para que previo el tr·mite de la correspondiente comisiÛn Especial de servicios sin remuneraciÛn, acepte la invitaciÛn del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT, a la ciudad de San JosÈ, Costa Rica, con el fin de asistir como Consultor, por el tÈrmino de tres (3) meses a partir de la fecha de publicaciÛn del presente Decreto y para que reciba de ese organismo los gastos de transporte, vi·ticos y honorarios a que haya lugar.Ý ÝÝ ArtÌculo 2∞. ConfiÈrese autorizaciÛn a la doctora MarÌa Adelaida Montoya Sierra, identificada con cÈdula de ciudadanÌa n˙mero 43060437, actual Profesional en Ingresos P˙blicos II Nivel 31 Grado 21, ubicada en la DivisiÛn de ProgramaciÛn de la AdministraciÛn Regional Noroccidente de la Unidad Administrativa Especial DirecciÛn de Impuestos y Aduanas Nacionales, para que previo el tr·mite de la correspondiente comisiÛn Especial de servicios sin remuneraciÛn, acepte la invitaciÛn del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT, a la ciudad de San JosÈ, Costa Rica, con el fin de asistir como Consultora, por el tÈrmino de tres (3) meses a partir de la fecha de publicaciÛn del presente Decreto y para que reciba de ese organismo los gastos de transporte, vi·ticos y honorarios a que haya lugar.Ý ÝÝ ArtÌculo 3∞. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaciÛn.Ý ÝÝ PublÌquese, comunÌquese y c˙mplase.Ý ÝÝ Dado en SantafÈ de Bogot·, D.C., a 25 de octubre de 1994.Ý ÝÝ ERNESTO SAMPER PIZANO Ý ÝÝ El Ministro de Hacienda y CrÈdito P˙blico,Ý ÝÝ Guillermo Perry Rubio. Ý

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