DECRETO 2373 de 2004
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2373
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en uso de las facultades que le confieren el numeral 25 del artĒculo 189 de la Constituci¾n PolĒtica de Colombia y en desarrollo de las Leyes 6¬ de 1971 y 7¬ de 1991 y oĒdo el Comitķ de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior,Ā ĀĀ
DECRETA:
Ā ĀĀ ArtĒculo 1░. Adici¾nase un artĒculo al Decreto 2685 de 1999.Ā ĀĀ ōArtĒculo 74-1. Observadores en las operaciones de importaci¾n. La Direcci¾n de Impuestos y Aduanas Nacionales podrß autorizar la presencia de observadores de las operaciones de importaci¾n en determinados lugares de arribo habilitados, seleccionados de listas elegibles de candidatos presentados por los gremios, aprobadas por la Comisi¾n Nacional Mixta de Gesti¾n Tributaria y Aduanera. La funci¾n del observador de la operaci¾n de importaci¾n consistirß en observar de cerca las operaciones de trßmite de importaci¾n de un determinado tipo de mercancĒas pudiendo, a solicitud del funcionario competente de la Direcci¾n de Impuestos y Aduanas Nacionales, rendir informe tķcnico sobre clasificaci¾n arancelaria, descripci¾n, identificaci¾n, cantidad, peso y valor u otros aspectos de la mercancĒa.Ā ĀĀ La Direcci¾n de Impuestos y Aduanas Nacionales reglamentarß mediante resoluci¾n de carßcter general los requisitos de inscripci¾n y de participaci¾n en los procesos de controlö.Ā ĀĀ ArtĒculo 2░. Adici¾nase el artĒculo 119 del Decreto 2685 de 1999 con el siguiente inciso:Ā ĀĀ ōLa Direcci¾n de Impuestos y Aduanas Nacionales podrß establecer mediante resoluci¾n de carßcter general la obligaci¾n de presentar la Declaraci¾n de Importaci¾n en forma anticipada a la llegada de la mercancĒa, teniendo en cuenta como criterios su naturaleza, los lugares habilitados para su ingreso bajo control aduanero o la procedencia y origen de las mismasö.Ā ĀĀ Afecta la vigencia de: Adiciona parcialmenteĀĀ (inciso )Ā ArtĒculo 119ĀDECRETO 2685 de 1999 ArtĒculo 3░. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga las disposiciones que le sean contrarias.Ā ĀĀ PublĒquese y c·mplase.Ā ĀĀ Dado en Bogotß, D. C., a 27 de julio de 2004.Ā ĀĀ ┴LVARO URIBE V╔LEZ Ā ĀĀ El Ministro de Hacienda y Crķdito P·blico,Ā ĀĀ Alberto Carrasquilla Barrera. Ā ĀĀ El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,Ā ĀĀ Jorge Humberto Botero Angulo. Ā ĀĀ
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