Acuerdo Local 04 de 2005
Acuerdo Local 4 de 2005 Junta Administradora Local de Suba
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 04
- Año
- 2005
- Fecha
- 15 de diciembre de 2005
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 04 DE 2005 (Diciembre 15) [Liquidado por el Decreto Local 09 de 2005](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32703#0) "Por el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas e Ingresos, Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal de 2.006". LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA En uso de sus atribuciones y en especial por las conferidas en la Constitución Nacional, el Decreto Ley 1421 de 1993 y demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo previsto en el articulo 13 del decreto 1139 de 2.000, corresponde al Alcalde Local preparar anualmente el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de inversión del respectivo Fondo de Desarrollo Local.
Que de acuerdo al articulo 16 ibidem, el Alcalde Local presentara a la Junta Administradora Local dentro de los tres primero días de sesiones ordinarias del mes de Diciembre, el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de inversión del respectivo Fondo de Desarrollo Local.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del decreto Distrital 1139 de 2000, El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local. JAL, dentro de los tres (3) primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre, a nivel de programas el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación Que de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 69 del Decreto ley 1421 de 1.993, corresponde a la Junta Administradora Local aprobar el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local previo concepto favorable del CONFIS Que mediante oficio No 2005EE240722 de octubre 5 de 2.005 la secretaría de Hacienda certificó la cuota preliminar de la transferencia de la Administración Central para la vigencia 2.006 por la suma de $22.734.247.306, e igualmente el valor de los reaforos por valor de $1.582.929.287 para el 2.004 y $ 598.077.661. para la vigencia 2.005, para un total de $24.915.254.254.
Que el CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONOMICA Y FISCAL- CONFIS conceptuó favorablemente el presupuesto de Ingresos y Rentas, Gastos e Inversión para el Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2.006, según comunicación 2-2005-30018, referencia 1-2005-37044, nuestro radicado 19350 del 30 de noviembre de 2.005. En consideración a lo anterior la Junta Administradora Local de Suba.**
ACUERDA:
Artículo primero.
- Aprúebase el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($46.931.054.487,oo) MCTE, para la Vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2.006, según el siguiente detalle: | | CONCEPTO | PRESUPUESTO ---|---|--- 1 | Disponibilidad Inicial | 17.604.494.699 2 | INGRESOS | 29.326.559.788 2,1 | INGRESOS CORRIENTES | 50.000.000 2.1.2 | No Tributarios | 50.000.000 2.1.2.03 | Multas | 25.000.000 2.1.2.99 | Otros Ingresos No tributarios | 25.000.000 2,2 | TRANSFERENCIAS | 27.620.759.555 2.2.4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 27.620.759.555 2.2.4.05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 27.620.759.555 2.2.4.05.01 | Vigencia | 27.620.759.555 2.2.4.05.02 | Vigencia Anterior | 0 2,4 | RECURSOS DE CAPITAL | 1.655.800.233 2.4.5 | Excedentes Financieros Establecimientos Públicos, Fondos de Desarrollo Local y Utilidades Empresas | 1.655.800.233 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 46.931.054.487 **
Artículo segundo.
-
Aprúebase el presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($46.931.054.487.20) MCTE, para la Vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2.006, según el siguiente detalle: 3 | GASTOS | 46.931.054.487 ---|---|--- 3.3 | INVERSIÓN | 46.931.054.487 3.3.1 | DIRECTA | 26.621.054.487 3.3.1.12 | BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión | 26.621.054.487 3.3.1.12.01 | EJE SOCIAL | 12.203.610.303 3.3.1.12.01.01 | Bogota sin hambre | 3.198.179.400 3.3.1.12.01.02 | Más y mejor educación para todos y todas | 2.000.000.000 3.3.1.12.01.03 | Salud para la vida digna | 2.641.600.000 3.3.1.12.01.04 | Restablecimiento de derechos e inclusión social | 1.500.000.000 3.3.1.12.01.05 | Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil | 100.000.000 3.3.1.12.01.06 | Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres | 400.000.000 3.3.1.12.01.07 | Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo | 650.000.000 3.3.1.12.01.08 | Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje | 250.000.000 3.3.1.12.01.09 | Cultura par la inclusión social | 595.000.000 3.3.1.12.01.10 | Recreación y deporte para todos y todas | 868.830.903 3.3.1.12.02 | EJE URBANO REGIONAL | 9.738.927.510 3.3.1.12.02.11 | Hábitat desde los barrios y las - UPZ | 8.206.106.467 3.3.1.12.02.12 | Red de centralidades distritales | 462.821.043 3.3.1.12.02.13 | Sostenibilidad urbano-rural | 500.000.000 3.3.1.12.02.14 | Región integrada para el desarrollo | 300.000.000 3.3.1.12.02.15 | Bogotá productiva | 270.000.000 3.3.1.12.03 | EJE DE RECONCILIACION | 2.044.293.533 3.3.1.12.03.16 | Gestión pacífica de conflictos | 81.000.000 3.3.1.12.03.17 | Derechos humanos para todas y todos | 100.000.000 3.3.1.12.03.19 | Comunicación para la reconciliación | 81.000.000 3.3.1.12.03.20 | Atención integral de violencia, delincuencia y orden público | 690.420.233 3.3.1.12.03.22 | Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos. | 169.873.300 3.3.1.12.03.23 | Red distrital de reconciliación, resistencia civil y no-violencia | 81.000.000 3.3.1.12.03.24 | Participación para la decisión | 160.000.000 3.3.1.12.03.25 | Comunicación para la participación | 81.000.000 3.3.1.12.03.27 | Obras con participacion ciudadana | 350.000.000 3.3.1.12.03.29 | Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial | 250.000.000 3.3.1.12.04 | OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA | 2.634.223.141 3.3.1.12.04.30 | Administración moderna y humana | 1.816.664.190 3.3.1.12.04.31 | Localidades modernas y eficaces | 576.558.951 3.3.1.12.04.32 | Sistema distrital de servicio a la ciudadanía | 100.000.000 3.3.1.12.04.36 | Comunicación para la solidaridad | 141.000.000 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 20.310.000.000 3.3.6.01 | Vigencia anterior | 16.000.000.000 3.3.6.00 | Cuentas por Pagar | 0 3.3.6.02 | Otras vigencias | 4.310.000.000 | TOTAL GASTOS | 46.931.054.487 4 | Disponibilidad Final | 0 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 46.931.054.487
Artículo tercero.
-
El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1) de Enero de 2.006.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá a los quince (15) días del mes de diciembre del año 2.005.
ALVARO POVEDA AGUILERA Presidente J.A.L Sancionado, a los veinte (20) días del mes de diciembre de dos mil cinco (2005).
MERCEDES DEL CARMEN RIOS HERNÁNDEZ Alcaldesa Local de Suba NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3459 de diciembre 23 de 2005.
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