Acuerdo Local 007 de 2005
Acuerdo Local 7 de 2005 Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 007
- Año
- 2005
- Fecha
- 15 de diciembre de 2005
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 007 DE 2005 (Diciembre 15 ) [Liquidado por el Decreto Local 03 de 2005](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32673#0) Por el cual se aprueba el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal del año 2006. LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR, en uso de las facultades legales y en especial l as otorgadas por el numeral 4 del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y por los artículos 16,17 y 18 del Decreto 1139 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 16 del Decreto 1139 de 2000, le corresponde al Alcalde Local presentar a la Junta Administradora Local, al nivel de programas, el Proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación, previo concepto favorable del Consejo Distrital de Política Económica y Social, CONFIS.
Que la Alcaldesa Local mediante oficio GAF-PPTO-185-121925 del 1º de diciembre de 2005, radicó en la Junta Administradora Local con el No. 968 el proyecto de Acuerdo Local No. 002-05.
Que es atribución de la Junta Administradora Local aprobar el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local, al nivel de programas, previo concepto favorable del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal, y de conformidad con el Plan de Desarrollo Local.
Que mediante oficio la Secretaría de Hacienda Distrital comunicó a la Alcaldía Local la cuota preliminar de transferencia de la Administración Central para el anteproyecto de Presupuesto 2006 por un valor de Treinta mil novecientos cuarenta millones noventa y nueve mil ciento cuarenta y dos pesos ($30.940.099.142.00) incluidos los recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina por un valor de Tres mil veintitrés millones seiscientos dos mil doscientos veinticuatro pesos ($3.023.602.224.00), reaforo 2004 por dos mil ciento cincuenta y cuatro millones doscientos ochenta y dos mil cuatrocientos diez pesos ($2.154.282.410.00) incluidos los recursos provenientes de sobretasa a la gasolina por Doscientos ochenta y cuatro millones doscientos cuatro mil treinta y nueve pesos ($284.204.039.00) y reaforo de 2005 por Ochocientos trece millones novecientos cincuenta y un mil ochocientos veintisiete pesos ($813.951.827.00) incluidos los recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina por Setenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos setenta y tres pesos ($77.448.773.00) para un total de cuota de treinta y tres mil novecientos ocho millones trescientos treinta y tres mil trescientos setenta y nueve pesos ($33.908.333.379.00 ) Que la Oficina de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local proyectó los ingresos propios del Fondo de Desarrollo Local para la vigencia 2.006 en Cuarenta y cuatro millones de pesos $44.000.000.00 y como recursos del balance por venta de activos proyecta la suma de Cien Millones de pesos ($100.000.000.00) Que debido a que existen obligaciones por pagar se presupuesta un valor de Treinta mil novecientos treinta y cuatro millones quinientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta y dos pesos ($30.934.561.642.00) que corresponden a vigencia anterior por veintidós mil seiscientos treinta y un millón ochocientos sesenta y ocho mil ciento dieciocho pesos ($22.631.868.118.00) y otras vigencias por un valor de Ocho mil trescientos dos millones seiscientos noventa y tres mil quinientos veinticuatro pesos ( $8.302.693.524.00) Que en consideración de los ítems anteriores el valor total del presupuesto para la inversión de la vigencia fiscal del 2006 asciende a la suma de sesenta y siete mil trescientos cincuenta y ocho millones trescientos noventa y cinco mil veintiún pesos m/cte ($67.358.395.021) Por lo anteriormente expuesto, la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar, **
ACUERDA:
Artículo primero.
- Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2006, en la cuantía de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL VEINTIÚN PESOS M/CTE ($67.358.395.021.00), según el siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 27.252.513.096.00 2 | INGRESOS | 40.105.881.925.00 2.1 | INGRESOS CORRIENTES | 44.000.000,00 2.1.2 | NO TRIBUTARIOS | 44.000.000,00 2.1.2.3 | Multas | 14.000.000,00 2.1.2.4 | Rentas Contractuales | 0 2.1.2.4.2 | Arrendamientos | 0 2.1.2.99 | Otros Ingresos No Tributarios | 30.000.000,00 2.2 | TRANSFERENCIAS | 37.590.381.925.00 2.2.4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 37.590.381.925.00 2.2.4.5 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 37.590.381.925.00 2.2.4.5.1 | Vigencia | 33.908.333.379.00 2.2.4.5.2 | Vigencia anterior | 3.682.048.546.00 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | 2.471.500.000,00 2.4.1 | Recursos del Balance | 100.000.000,00 2.4.1.3 | Venta de Activos Fijos | 100.000.000,00 2.4.3 | Rendimientos por operaciones financieras | 0,00 2.4.3.2 | Otros Rendimientos por Operaciones Financieras | 0,00 2.4.5 | Excedentes Financieros | 2.371.500.000,00 2.4.9 | Otros recursos de capital | 0,00 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 67.358.395.021.00
Artículo segundo.
-
Fíjense los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversión, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de 2006, en la cuantía de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL VEINTIÚN PESOS ($67.358.395.021.00), según el siguiente detalle: CÓDIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO 2006 ---|---|--- 3 | GASTOS | 67.358.395.021.00 3.3 | INVERSIÓN | 67.358.395.021.00 3.3.1 | DIRECTA | 36.423.833.379.00 3.3.1.12 | Bogotá sin indiferencia, un compromiso social contra la pobreza y la exclusión | 36.423.833.379.00 3.3.1.12.01 | EJE SOCIAL | 17.895.000.000.00 3.3.1.12.01.01 | Bogotá sin hambre | 2.800.000.000.00 3.3.1.12.01.02 | Más y mejor educación para todos y todas | 4,150,000,000,00 3.3.1.12.01.03 | Salud para la vida digna | 4.470.000.000.00 3.3.1.12.01.04 | Restablecimiento de derechos e inclusión social | 2.650.000.000.00 3.3.1.12.01.05 | Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral | 400,000,000.00 3.3.1.12.01.06 | Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres | 120,000,000.00 3.3.1.12.01.07 | Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo | 320,000,000.00 3.3.1.12.01.08 | Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje | 81,000,000.00 3.3.1.12.01.09 | Cultura para la inclusión social | 830,000,000.00 3.3.1.12.01.10 | Recreación y deporte para todos y todas | 2.074.000.000.00 3.3.1.12.02 | EJE URBANO REGIONAL | 11.530.500.000.00 3.3.1.12.02.11 | Hábitat desde los barrios y las unidades de planeación zonal. UPZ | 10.480.500.000.00 3.3.1.12.02.13 | Sostenibilidad urbano-rural | 550.000.000.00 3.3.1.12.02.15 | Bogotá productiva | 500,000,000.00 3.3.1.12.03 | EJE DE RECONCILIACIÓN | 2.386.000.000.00 3.3.1.12.03.16 | Gestión Pacífica de conflictos | 100,000,000.00 3.3.1.12.03.17 | Derechos humanos para todos y todas | 96,000,000.00 3.3.1.12.03.20 | Atención integral de violencia, delincuencia y orden público | 200,000,000.00 3.3.1.12.03.21 | Sistema de Justicia de la ciudad | 100,000,000.00 3.3.1.12.03.22 | Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos. | 250,000,000.00 3.3.1.12.03.23 | Red Distrital de reconciliación, resistencia civil y no-violencia | 100.000.000.00 3.3.1.12.03.24 | Participación para la decisión | 190,000,000.00 3.3.1.12.03.27 | Obras con participación ciudadana | 1.250,000,000.00 3.3.1.12.03.29 | Inclusión económica y desarrollo empresarial | 100,000,000.00 3.3.1.12.04 | OBJETIVO GESTION PUBLICA HUMANA | 4.712.333.379.00 3.3.1.12.04.30 | Administración moderna y humana | 2,794,000,000.00 3.3.1.12.04.31 | Localidades modernas y eficaces | 848,333,379.00 3.3.1.12.04.32 | Sistema Distrital de servicio a la ciudadanía | 650,000,000.00 3.3.1.12.04.36 | Comunicación para la solidaridad | 420,000,000.00 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 30.934.561.642.00 3.3.6.01 | Vigencia anterior | 22.631.868.118.00 3.3.6.03 | Otras vigencias | 8.302.693.524.00 | DISPONIBLIDAD FINAL | 0.00 | TOTAL GASTOS + DISPONIBLIDAD FINAL | 67.358.395.021.00
Artículo tercero.
-
El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil cinco (2005).
DITERLIZEN VARGAS GOMEZ Presidente JAIME ALBERTO OCHOA MARTINEZ Vicepresidente CARMEN ROSA TELLEZ JIMENEZ Secretaria General El Presente Acuerdo Local es sancionado por la Alcaldesa Local, en Bogotá a los dieciséis (16) días del mes de diciembre de dos mil cinco (2.005)
DIANA MARIENT DAZA QUINTERO Alcaldesa Local NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3463 de diciembre 29 de 2005.
**
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