DECRETO 2358 de 1996
por el cual se modifica y adiciona la estructura orgánica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2358
- Año
- 1996
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El residente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la consagrada en el artículo 189 numeral 16 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 17 de la Ley 225 de 1995,
DECRETA:
Artículo 1.
Adiciónase a la Subdirección de Planeación de la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la División de Administración del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC.
Artículo 2.
Corresponde a la División de que trata el artículo anterior, el ejercicio de las siguientes funciones:
1. Elaborar la propuesta de PAC por órgano ejecutor del Presupuesto Nacional, al nivel de desgregación que establezca la legislación vigente, que deberá ser presentada a consideración del Confis.
2. Comunicar a cada órgano el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, aprobado por el Confis.
3. Estudiar y tramitar las solicitudes de modificación al Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC.
4. Ejecutar las políticas y controles establecidos por la Dirección del Tesoro Nacional, para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el PAC.
5. Preparar los manuales sobre las directrices y parámetros necesarios para la administración del PAC y comunicar a cada órgano los parámetros y lineamientos necesarios para la mensualización de los pagos.
6. Realizar evaluaciones sobre la ejecución del PAC.
7. Realizar las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Planeación, según la naturaleza de sus funciones y por las normas legales vigentes.
Artículo 3.
Fusiónase la División de Comunicaciones y la División de Obras Públicas y créase la División de Comunicaciones y Transporte en la Subdirección de Infraestructura y Desarrollo Económico de la Dirección General del Presupuesto Nacional. La División de Comunicaciones y Transporte asumirá las funciones de la División de Comunicaciones y de la División de Obras Públicas.
Artículo 4.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona y modifica en lo pertinente el Decreto 2112 de 1992. Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 2112 de 1992
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.
El Director Departamento Administrativo de la Función Pública, Edgar Alfonso González Salas.
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