DECRETO 2340 de 2014
por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2340
- Año
- 2014
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de La República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 4927 del 26 de diciembre de 2011, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1° de enero de 2012.
Que en virtud de las Decisiones 679, 688, 693, 695, 717 y 771 y concordantes sobre política arancelaria común, actualmente los Países miembros de la Comunidad Andina se encuentran facultados para adoptar modificaciones en materia arancelaria.
Que en sesión 274 del 9 de junio de 2014, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, de acuerdo con el concepto técnico de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), recomendó desdoblar las subpartidas arancelarias 7321.90.90.00, 8516.80.00.00, 8516.90.00.00 y 8536.50.19.00.
DECRETA:
Artículo 1°.
Desdoblar las siguientes subpartidas arancelarias las cuales quedarán con el código, descripción y gravamen que se indica a continuación:
Artículo 2°.
El presente decreto entrará en vigencia quince (15) días después de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 4927 del 26 de diciembre de 2011 y sus modificaciones.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de noviembre de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez-Correa Glen.
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