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DECRETO 2330 de 1991

por el cual se reglamenta el artículo 1° del Decreto número 1823 de 1991.

Tipo
DECRETO
Número
2330
Año
1991
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°.

Para contabilizar los tiempos máximos de permanencia de que trata el artículo 1. del Decreto Número 1823 de 1991, solamente se tendrá en cuenta el tiempo durante el cual el funcionario haya desempeńado cargos diplomáticos o consulares. En ningún caso se contabilizará el tiempo de servicios prestados en cargos administrativos en el servicio exterior.

Artículo 2°.

Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de octubre de 1991 CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo García Peńa.

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