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DECRETO 2325 de 2000

por el cual se modifica el numeral 8 del artículo 1° del Decreto 2681 del 28 de diciembre de 1999.

Tipo
DECRETO
Número
2325
Año
2000
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 7Ş de 1991, con las recomendaciones del Consejo Superior de Comercio Exterior,

DECRETA:

Artículo 1ş. Modifícase el numeral 8 del artículo 1ş del Decreto 2681 de 1999, el cual quedará así:

Artículo 1ş. La inscripción en el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios será indispensable para:

8. El desembolso de crédito de Bancoldex, excepto en aquellos casos en los que el crédito sea solicitado por: concesionarios para proyectos de infraestructura de transporte; socios o accionistas, para creación, capitalización o adquisición de empresas; compradores en el exterior de productos o servicios colombianos; empresas en el exterior; entidades financieras en operaciones interbancarias y de leasing; y usuarios de crédito bajo modalidades que apruebe la Junta Directiva de Bancoldex, en las que no sea requisito tener la calidad de exportador directo o indirecto.

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (numeral 8 ) Artículo 1 DECRETO 2681 de 1999 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de noviembre de 2000.

ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro Hacienda Crédito Público, Juan Manuel Santos.

La Ministra de Comercio Exterior, Marta Lucía Ramírez de Rincón.

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