DECRETO 2305 de 2004
por el cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 225 de 1995.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2305
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 225 de 1995,
DECRETA:
Artículo 1°.
Las liquidaciones de las rentas de destinación específica de que tratan los numerales 2 y 3 del artículo 359 de la Constitución Política, se harán efectivas una vez descontadas las transferencias territoriales de que tratan los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, en los términos establecidos en el artículo 7° de la Ley 225 de 1995.
Artículo 2°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de julio de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
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