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Acuerdo Local 008 de 2006

Acuerdo Local 8 de 2006 Junta Administradora Local de la Candelaria

Tipo
Acuerdo Local
Número
008
Año
2006
Fecha
15 de diciembre de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO LOCAL 008 DE 2006 (Diciembre 18) [Liquidado por el Decreto Local 08 de 2006](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32938#0) Por medio del cual se aprueba el Presupuesto de la Vigencia Fiscal de 2007, en la Localidad de La Candelaria LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA, en uso de las facultades Constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

1.

Que la Secretaría de Hacienda mediante comunicación del 4 de octubre de 2005, informó que la cuota preliminar de transferencia de la Administración Central para la Localidad de La Candelaria en la vigencia 2007 es de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL CINCUENTA Y UN PESOS CON 00/100 (2.229.815.051,00). 2.

Que el Decreto 1139 de 2000, por el cual se reglamenta la programación, presentación, aprobación, modificación y ejecución del presupuesto de las Localidades, en su artículo 16 establece que el Alcalde Local presentará a nivel de programas el proyecto de presupuesto para estudio y aprobación de la respectiva Junta Administradora Local. 3.

Que para facilitar el estudio y aprobación del Proyecto de Presupuesto, el parágrafo único del artículo en comento señala que el Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local un anexo informativo donde se detalla la información hasta nivel de proyectos. 4.

Que es competencia de la Junta Administradora Local el estudio, aprobación y expedición del presupuesto de acuerdo con el artículo 18 del Decreto 1139 de 2000. 5.

Que la Junta Administradora Local de La Candelaria, cumpliendo con lo establecido en la anterior normatividad Y en mérito de lo expuesto,**

ACUERDA:

Artículo primero.

- Aprobar el presupuesto de RENTAS E INGRESOS de la Localidad Diecisiete para la vigencia fiscal de 2007 por la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN PESOS CON 00/100 M/CTE ($3.872.877.941,00) de conformidad con el siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | PRESUPUESTO DEFINITIVO 2007 ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 1,473,376,364.00 2 | INGRESOS | 2,399,501,577.00 2 1 | INGRESOS CORRIENTES | 43,740,000.00 2 1 2 | NO TRIBUTARIOS | 43,740,000.00 2 1 2 03 | Multas | 19,920,000.00 2 1 2 04 | Rentas Contractuales | 22,320,000.00 2 1 2 04 02 | Arrendamientos | 22,320,000.00 2 1 2 99 | Otros Ingresos No Tributarios | 1,500,000.00 2 2 | TRANSFERENCIAS | 2,229,815,051.00 2 2 4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 2,229,815,051.00 2 2 4 05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 2,229,815,051.00 2 2 4 05 01 | Vigencia | 2,229,815,051.00 2 2 4 05 02 | Vigencia Anterior | 0.00 2 4 | RECURSOS DE CAPITAL | 125,946,526.00 2 4 3 | Rendimientos por operaciones financieras | 0.00 2 4 3 02 | Otros Rendimientos por Operaciones Financieras | 0.00 2 4 5 | Excedentes Financieros | 125,946,526.00 2 4 9 | Otros recursos de capital | 0.00 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 3,872,877,941.00

Artículo segundo.

.- Aprobar el presupuesto de GASTOS E INVERSIÓN de la Localidad Diecisiete para la vigencia fiscal de 2007 por la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN PESOS CON 00/100 M/CTE ($3.872.877.941,00) de conformidad con el siguiente detalle: CÓDIGO | CONCEPTO | PRESUPUESTO DEFINITIVO 2007 ---|---|--- 3 | GASTOS | 3,872,877,941.00 3 3 | INVERSIÓN | 3,872,877,941.00 3 3 1 | DIRECTA | 2,399,501,577.00 3 3 1 12 | BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión | 2,399,501,577.00 3 3 1 12 01 | EJE SOCIAL | 1,165,545,714.00 3 3 1 12 01 01 | Bogotá sin hambre | 190,387,645.00 3 3 1 12 01 03 | Salud para la vida digna | 264,427,285.00 3 3 1 12 01 04 | Restablecimiento de derechos e inclusión social | 91,204,400.00 3 3 1 12 01 06 | Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres | 52,885,457.00 3 3 1 12 01 07 | Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo | 317,312,742.00 3 3 1 12 01 09 | Cultura para la inclusión social | 176,442,728.00 3 3 1 12 01 10 | Recreación y deporte para todos y todas | 72,885,457.00 3 3 1 12 02 | EJE URBANO REGIONAL | 207,130,688.00 3 3 1 12 02 11 | Hábitat desde los barrios y las UPZ | 207,130,688.00 3 3 1 12 03 | EJE DE RECONCILIACIÓN | 217,294,395.00 3 3 1 12 03 20 | Atención integral de violencia, delincuencia y orden público | 217,294,395.00 3 3 1 12 04 | OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA | 809,530,780.00 3 3 1 12 04 30 | Administración moderna y humana | 394,530,780.00 3 3 1 12 04 31 | Localidades modernas y eficaces | 345,000,000.00 3 3 1 12 04 37 | Bogotá transparente y efectiva | 70,000,000.00 3 3 6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 1,473,376,364.00 4 | DISPONIBILIDAD FINAL | 0.00 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 3,872,877,941.00

Artículo tercero.

.- El presente Acuerdo rige a partir del uno (1) de enero de 2007

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de diciembre de dos mil seis (2006).

ERNESTO IVAN SÁNCHEZ MOLINA Presidente JAL La Candelaria MARTHA CECILIA GÓMEZ HERNÁNDEZ Secretaria JAL La Candelaria LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA, En uso de las facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 81 y 89 numerales primero y segundo: sanciona el Acuerdo Local Numero 000 por medio del cual se aprobó el Presupuesto anual para la vigencia de 2007.

Dado en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días del mes de diciembre dos mil seis (2006).

NUVIA MARGOTH NOVOA MORENO Alcaldesa Local La Candelaria (E.)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3681 de enero 02 de 2007.

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