DECRETO 2275 de 2005
por medio del cual se suspende la aplicación del Decreto 1141 de 2005.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2275
- Año
- 2005
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 7Ş de 1991 y en desarrollo de las Leyes 8Ş de 1973 y 458 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 28 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, aprobado mediante la Ley 457 de 1998, establece que dentro del trámite de las acciones de incumplimiento, el Tribunal, antes de dictar sentencia definitiva, a petición de la parte demandante, podrá ordenar la suspensión provisional de la medida presuntamente infractora, si esta causare o pudiere causar al demandante o a la Subregión perjuicios irreparables o de difícil reparación;
Que dentro de la acción de incumplimiento interpuesta por la Secretaría General de la Comunidad Andina contra la República de Colombia, por la expedición y mantenimiento de unas medidas relacionadas con las importaciones de unos productos oleaginosos (Proceso 117-AI-2004), el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, mediante Auto de mayo 4 de 2005, ejecutoriado en mayo 18 de 2005 conforme al artículo 88 del Estatuto del mencionado Tribunal, decidió "ordenar la suspensión provisional del Decreto 1141 del 14 de abril de 2005";
Que de conformidad con el artículo 4ş del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, aprobado mediante la Ley 457 de 1998, "los Países Miembros están obligados a adoptar las medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de las normas que conforman el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina",
DECRETA:
Artículo 1ş. Suspender la aplicación del Decreto 1141 del 14 de abril de 2005, hasta la fecha de ejecutoria de la sentencia que se dicte dentro del Proceso 117-AI-2004 que se adelanta ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.
Afecta la vigencia de: Suspende (la aplicación del Decreto 1141de 2005, hasta la fecha de ejecutoria de la sentencia que se dicte dentro del Proceso 117-AI-2004 que se adelanta ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. ) DECRETO 1141 de 2005 Artículo 2ş. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de julio de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Felipe Arias Leiva.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Jorge H. Botero A.
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