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Resolución Reglamentaria 001 de 2007

Resolución Reglamentaria 1 de 2007 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
001
Año
2007
Fecha
26 de enero de 2007
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 001 DE 2007 (Enero 26)

[Derogada por el art. 57, Resolución 034 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38924#57) «Por la cual se modifica la Resolución Reglamentaria No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#0) del 20 de septiembre de 2006» EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 42 de 1993, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 24 de 2001 y

CONSIDERANDO:

La Contraloría de Bogotá, D.C., expidió la Resolución Reglamentaria No. 020 del 20 de Noviembre de 2006 " Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta y la presentación de informes, se reglamenta su revisión y se unifica la información que se presenta a la Contraloría de Bogotá D.C." La Contraloría de Bogotá D.C., dispuso del Sistema de Vigilancia y Control -SIVICOF- para facilitar a los sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal, los procesos relacionados con la rendición y presentación de la cuenta dentro de los términos y la forma prescrita por el Contralor de Bogotá, D.C. La Dirección de Informática de la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante memorando 23000-1252 del 29 de diciembre de 2006; solicitó modificar la Resolución Reglamentaria 020 de 2006, teniendo en cuenta las observaciones e inquietudes manifestadas por los sujetos de control así como las generadas en el ejercicio de rendición de cuentas realizado hasta la fecha, con el fin de optimizar y adelantar el proceso de manera satisfactoria. La Dirección de Economía y Finanzas Distritales, solicitó incluir un documento electrónico para el desarrollo de los lineamientos metodológicos para la presentación del informe de Balance Social, así mismo eliminar los formatos electrónicos señalados en la Resolución Reglamentaria 020 de 2006 correspondientes a este informe. Para hacer oportuno el proceso de rendición, presentación y revisión de la cuenta aprovechando el uso de herramientas tecnológicas como el SIVICOF, se hace necesario modificar el calendario previsto en el Artículo 14 de la Resolución Reglamentaria 020 de 2006, el cual solamente aplicará para la cuenta consolidada anual de la vigencia fiscal de 2006. Los ajustes propuestos resultan procedentes, siendo necesario modificar la Resolución Reglamentaria No. 020 de 2006. En mérito de lo expuesto, [Ver Resolución de la Contraloría Distrital 09 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31205#0) **

RESUELVE:

Artículo 1º. FORMA DE PRESENTACIÓN. El Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#10) de la Resolución Reglamentaria No. 020 de 2006, quedará así: Artículo 10º. FORMA DE LA PRESENTACIÓN. La información de la cuenta se clasifica en FORMATOS ELECTRÓNICOS (Datos parametrizados que deberán ser diligenciados, enviados y validados utilizando SIVICOF), DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS (Datos contenidos en documentos elaborados en procesadores de palabra y/o hojas electrónicas entre otros, referentes a informes, estudios o cualquier otro tipo de documento que se exija como parte de la cuenta, los cuales deberán ser remitidos utilizando la opción respectiva SIVICOF), DOCUMENTOS FÍSICOS (Datos contenidos en documentos impresos (papel) los cuales deben ser firmados y presentados como parte de la cuenta en la oficina de radicación de correspondencia de la Contraloría de Bogotá, D.C. Artículo 2º. DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. El Artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#11) de la Resolución Reglamentaria No. 020 de 2006, quedará así: Artículo 11º. DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. **La cuenta se rendirá por los siguientes Períodos: mensual, intermedio y anual. El contenido de dichos informes se define en el Título II de la presente resolución. La cuenta intermedia comprende el período del 1 de enero al 30 de junio de la vigencia fiscal en curso, la cuenta anual comprende el período del 1 de enero al 31 de diciembre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior.

Parágrafo. La periodicidad de rendición de cuenta bimestral se suprime, su contenido se incluye en la cuenta mensual. Artículo 3º. DE LOS TÉRMINOS. [Derogado por el art. 4, Resolución Contraloría Distrital 16 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25794#4). Modificar el Artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#14) de la Resolución Reglamentaria No. 020 de 2006, en el sentido de establecer el término para el reporte y presentación de la cuenta y la aplicación del calendario previsto únicamente para la cuenta consolidada de la vigencia 2006, así: Artículo 14º. DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. El término máximo para la rendición de la cuenta consolidada mensual, intermedia y anual, de acuerdo con lo previsto en esta resolución, será el siguiente: Mensual: El noveno día hábil siguiente al mes reportado. Intermedia: El primer día hábil del mes de Agosto. Anual: El noveno día hábil del mes de Febrero.

Parágrafo 1. La rendición electrónica así como la presentación de los documentos físicos de cuenta anual de la vigencia fiscal de 2006, se realizará de acuerdo con el calendario previsto en el artículo 14 de la resolución 020 de 2006.

Parágrafo 2. Los términos de este artículo aplicarán para la rendición electrónica de la cuenta consolidada mensual, intermedia y anual de la vigencia fiscal 2007, no obstante, los documentos físicos se presentarán en la oficina de radicación de la Contraloría de Bogotá, D.C., de conformidad con el calendario establecido en el artículo 14 de la Resolución Reglamentaria No. 020 de 2006.

Parágrafo 3. Los Curadores Urbanos rendirán cuenta de conformidad con la Resolución Reglamentaria 023 del 16 de noviembre de 2006.

Parágrafo 4. La información de carácter contable se presentará en los términos aquí establecidos y en forma, parámetros y criterios definidos por la Contaduría General de la Nación. Artículo 4º. DEL CONTENIDO Y REVISIÓN DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. Del Título [II](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#II) del capítulo I al Capítulo X, de la Resolución Reglamentaria 020 de 2006, se suprime el contenido de la información bimestral y se modifica el contenido de la información mensual en el Anexo A, así: TÍTULO II DEL CONTENIDO Y REVISIÓN DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD La información de la cuenta está agrupada para cada período mensual, intermedio o anual en diferentes tipos de informe, los cuales incluyen formatos electrónicos, documentos electrónicos y documentos físicos. CAPÍTULO I ENTIDADES Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DISTRITAL, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO QUE PRESTAN SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, FONDOS, ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS Y SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA IGUAL O SUPERIOR AL 90% DEL TOTAL DEL CAPITAL La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO I Artículo 17º. CONTENIDO INFORMACIÓN MENSUAL Informe Financiero Informe Contratación Parágrafo. Los Fondos de Servicios Educativos no deben reportar la información de que trata este artículo. Artículo 18º. CONTENIDO INFORMACIÓN BIMESTRAL Se suprime su periodicidad, el contenido se incluye en la cuenta mensual. Artículo 19º. CONTENIDO INFORMACIÓN INTERMEDIA. Informe Financiero Informe Contratación Informe Gestión Informe Estadísticas Informe Pensiones Informe Contabilidad Artículo 20º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL Informe Financiero Informe Contratación Informe Recurso Humano Informe Gestión Informe Medio Ambiente Informe Balance Social Informe Estadísticas Informe Pensiones Informe Contabilidad CAPÍTULO II SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA INFERIOR AL 90% Y EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS MIXTAS CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA DEL DISTRITO CAPITAL IGUAL O SUPERIOR AL 50% E INFERIOR AL 100% DEL CAPITAL La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO II Artículo 21º. CONTENIDO INFORMACIÓN MENSUAL Informe Financiero Informe Contratación Artículo 22º. CONTENIDO INFORMACIÓN BIMESTRAL Se suprime su periodicidad, el contenido se incluye en la cuenta mensual. Artículo 23º. CONTENIDO INFORMACIÓN INTERMEDIA Informe Gestión Informe Estadísticas Informe Contabilidad Parágrafo: La información relacionada en el presente artículo solamente aplica para las sociedades de economía mixta con participación inferior al 90%. Artículo 24º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL Informe Recurso Humano Informe Gestión Informe Medio Ambiente Informe Balance Social Informe Estadísticas Informe Contabilidad La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO III Artículo 25º. CONTENIDO INFORMACIÓN MENSUAL Informe Financiero Informe Contratación Artículo 26º. CONTENIDO INFORMACIÓN INTERMEDIA Informe Gestión Artículo 27º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL. Informe Gestión Informe Estadísticas Informe Contabilidad CAPÍTULO IV FONDOS DE DESARROLLO LOCAL (FDL) La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO IV Artículo 28º. CONTENIDO INFORMACIÓN MENSUAL Informe Financiero Informe Contratación Artículo 29º. CONTENIDO INFORMACIÓN BIMESTRAL Se suprime su periodicidad, el contenido se incluye en la cuenta mensual. Artículo 30º. CONTENIDO INFORMACIÓN INTERMEDIA Informe Gestión Informe Estadísticas Informe Contabilidad Artículo 31º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL Informe Gestión Informe Medio Ambiente Informe Balance Social Informe Estadísticas Informe Contabilidad CAPÍTULO V UNIDADES EJECUTIVAS LOCALES (UEL) La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO V Artículo 32º. CONTENIDO INFORMACIÓN MENSUAL Informe Contratación Parágrafo: La información relacionada en el presente artículo debe ser presentada por Las Unidades Ejecutivas Locales - UEL y los Gerentes de proyectos (Alcaldes Locales). Artículo 33º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL Informe Gestión CAPÍTULO VI EMPRESAS PRIVADAS O PARTICULARES QUE ADMINISTREN, MANEJEN Y/O INVIERTAN BIENES Y/O RECURSOS PÚBLICOS La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO VI Artículo 34°. CONTENIDO INFORMACIÓN MENSUAL Informe Contratación Artículo 35º. CONTENIDO INFORMACIÓN INTERMEDIA Informe Gestión Informe Contabilidad Artículo 36º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL Informe Recurso Humano Informe Gestión Informe Medio Ambiente Informe Contabilidad CAPÍTULO VII PATRIMONIOS AUTÓNOMOS O ENCARGOS FIDUCIARIOS CONSTITUIDOS COMO CONSECUENCIA DE LA CELEBRACIÓN DE FIDUCIAS PÚBLICAS QUE ADMINISTREN, MANEJEN O INVIERTAN BIENES O RECURSOS PÚBLICOS La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO VII Artículo 37°. CONTENIDO INFORMACIÓN BIMESTRAL Informe Gestión Artículo 38º. CONTENIDO INFORMACIÓN INTERMEDIA Informe Contabilidad Informe Gestión Artículo 39º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL Informe Contabilidad Informe Gestión CAPÍTULO VIII DE LA RENDICIÓN DE CUENTA AL CULMINAR UNA GESTIÓN La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO VIII Artículo 40º CONTENIDO DE LA CUENTA. Los jefes de entidad, los representantes legales o quien haga sus veces de los sujetos de control de la Contraloría de Bogota D.C. al culminar su gestión, deben presentar la siguiente información: Informe Financiero Informe Gestión Informe Contabilidad Parágrafo 1. En reemplazo del Informe de Contratación adiciónese en el Anexo A el documento electrónico CBN-1099: Informe de Contratación al Culminar la Gestión.

Parágrafo 2. Esta rendición no exime al nuevo responsable de la presentación que debe realizar sobre la cuenta consolidada anual, o de otra información que sea pertinente.

Parágrafo 3. Cuando el retiro definitivo del responsable de rendir cuenta coincide con el cierre de la vigencia fiscal (31 de diciembre) no se requerirá presentar la información señalada en este artículo, dado que la cuenta de la vigencia será presentada por el nuevo responsable. CAPÍTULO IX SUJETOS DE CONTROL DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C. QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN. El liquidador del sujeto de control que se encuentre en proceso de liquidación, debe presentar la cuenta, dentro de los mismos términos que se establecen en el Artículo 14 de la presente resolución. La descripción de cada uno de los informes según su periodicidad, se establece en el ANEXO A TÍTULO II - CAPÍTULO IX Artículo 41º. CONTENIDO INFORMACIÓN INTERMEDIA Informe Gestión. Artículo 42º. CONTENIDO INFORMACIÓN ANUAL. Informe Gestión Informe Contabilidad Artículo 43º. CONTENIDO DEL INFORME CULMINADO EL PROCESO DE LIQUIDACIÓN. El liquidador del sujeto de control, cuando culmine el proceso de liquidación, debe presentar la siguiente información: Informe Gestión La Información de que trata el presente artículo deberá ser presentada dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de terminación del proceso de liquidación. CAPÍTULO X ENTIDADES EN PROCESO DE TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN Y ESCISIÓN Artículo 44º. Las entidades o sujetos de control que inicien procesos de transformación, fusión, escisión o se acojan a la Ley 1116 de 2006 deberán presentar cuenta consolidada anual, por el Período comprendido entre el 1 de enero de la vigencia y la fecha de promulgación del acto administrativo que ordene tal evento. La cuenta se rendirá dentro de los (10) diez días hábiles siguientes a la fecha de expedición del acto administrativo que así lo decrete y a la culminación de cada una de las etapas o fases previstas. Así mismo, deben presentar a la Contraloría de Bogotá, D.C. los estados financieros (CBN-1009 Balance General) y la relación de inventarios (CBN-1026 inventario físico) con que participan en el nuevo ente, dentro del mes siguiente a la fecha en que se adopte la medida.

Parágrafo. Cuando este proceso coincida con el cierre de la vigencia fiscal (31 de diciembre) la cuenta consolidada anual se rendirá en los términos señalados en el Artículo 3º de la presente Resolución Reglamentaria. Artículo 5º. DEL CONTENIDO Y REVISIÓN DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. Modificar los Anexos [A](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#A), [B](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#B) y [C](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#C) de la Resolución Reglamentaria No. 020 de 2006, así: Eliminar los formatos electrónicos correspondientes al informe de BALANCE SOCIAL. (CB-0601, CB-0602, CB-0603, CB-0604, CB-0605, CB-0606, CB-0607, CB-0608). Adoptar los ajustes a los formatos correspondientes a los informes FINANCIERO DEUDA PÚBLICA CB-0112 INVERSIONES CB-0115, GESTIÓN CB-0413, CB-0416, CB-0417, ESTADÍSTICA - EDUCACIÓN CB-0701, CB-0702, CB-0703 Y ESTADÍSTICA INFORMATICA CB-0704, CB-0705, CB-0706, CB-0707, CB-0708, CB-0709, CB-0710. Adoptar el ajuste al formato CB-0123 que aplicará únicamente al Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, hoy Secretaría Distrital de Ambiente. Adicionar los formatos correspondientes al informe ESTADÍSTICAS INFORMÁTICA CB-0711 y CB-0712. Adicionar los documentos electrónicos CBN-1099 INFORME DE CONTRATACIÓN AL CULMINAR LA GESTIÓN, al informe de Gestión, CBN-1100 PLAN DE INFORMÁTICA al informe de Estadísticas Informática, CBN-1101 INFORME DE REPRESENTACIÓN EXTERNA-DIRECCIÓN DE IMPUESTOS DISTRITALES al informe de GESTIÓN y CBN-1103 BALANCE SOCIAL al informe de Balance Social.

Parágrafo. Hacen parte integral de esta resolución los Anexos A, B y C, que se adjuntan debidamente ajustados. Artículo 6º DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica la Resolución Reglamentaria No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21844#0) de 2006 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de enero de dos mil siete (2007). ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA Contralor de Bogotá, D.C. ANEXO A Resolución Reglamentaria Número 001 FORMATOS ELECTRÓNICOS, DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Y DOCUMENTOS FÍSICOS POR TIPO DE SUJETO DE CONTROL, PERIODICIDAD Y TIPO DE INFORME Este anexo consiste en la relación de los informes y su contenido mencionados en los diferentes títulos y capítulos relacionados en el cuerpo de de la resolución 020 de 2006. Está organizado en orden ascendente conservando la misma estructura de la resolución _ TÍTULO II - CAPÍTULO I_ ENTIDADES Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DISTRITAL, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO QUE PRESTAN SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, FONDOS, ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS Y SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA IGUAL O SUPERIOR AL 90% DEL TOTAL DEL CAPITAL _ CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN MENSUAL_ INFORME FINANCIERO | INFORME | CÓDIGO FORMATO | DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN | ** Tipo
---|---|---|--- Formatos. Electrónicos. | Documentos. Electrónicos. | Documentos. Físicos PRESUPUESTO | CB-0101 | Ejecución presupuestal de Ingresos | X | | CB-0102 | Ejecución reconocimientos vigencias anteriores | X | | CB-0103 | Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones | X | | CB-0104 | Ejecución reservas vigencia anterior | X | | CBN-1001 | Programa Anual de Caja ¿ PAC | | X | CBN-1002 | Cuentas por pagar de la vigencia anterior. | | X | CBN-1003 | Presupuesto Orientado a Resultados - POR | | X | CBN-1093 | Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos | | X | CBN-1094 | Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones | | X | DEUDA PUBLICA | CB-0105 | Informe Mensual Deuda Pública Interna y Externa | X | | CB-0106 | Deuda Pública ¿ Informe Acumulado | X | | CB-0107 | Información sobre Emisión y Colocación de Bonos. | X | | CB-0108 | Deuda Pública ¿ Condiciones Financieras de Créditos Vigentes | X | | CB-0109 | (SEUD) ¿ Sistema Estadístico Unificado de Deuda. | X | | CB-0110 | Deuda pública - Registro de Créditos Nuevos | X | | CB-0111 | Deuda Pública ¿ Tabla de Amortización | X | | CB-0112 | Deuda Pública ¿ Relación de Comisiones | X | | CB-0113 | Deuda Pública ¿ Destino de los Recursos. | X | | CBN-1091 | Informe sobre condiciones económicas y estudios previos para la contratación. | | X | CBN-1004 | Informe sobre cupo de endeudamiento, aprobado por el Concejo de Bogotá. | | X | CBN-1005 | Informe sobre el comportamiento de los indicadores de solvencia. | | X | CBN-1006 | Informe sobre los hechos económicos de deuda. | | X | INVERSIONES | CB-0114 | Informe sobre el Portafolio de Inversiones Financieras | X | | CB-0115 | Informe sobre Recursos de Tesorería | X | | CB-0116 | Informe sobre disponibilidad de fondos | X | | SALUD | CB-0121 | Pagos reconocidos como unidad de pago por capitación subsidiada UPC-S | X | | | CBN-1092 | Certificación de no existencia de obligaciones de deuda, posesión de inversiones o manejo de recursos de tesorería. | | X | X INFORME CONTRATACIÓN CÓDIGO FORMATO | DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN | Tipo ---|---|--- Formatos. Electrónicos. | Documentos. Electrónicos. | Documentos. Físicos CB-0201 | Archivo Contratación | X | | CB-0202 | Archivo Novedades | X | | CB-0203 | Dependencias facultadas para contratar | X | | CB-0204 | Información de consorcios y Uniones Temporales | X | | ** OBSERVACIONES:

* Las Entidades que no registren deuda pública y/o inversiones financieras y recursos de tesorería (fondos en cuentas corrientes y de ahorro), no deben diligenciar los formatos correspondientes, sin embargo deberán enviar (únicamente para estos casos) el documento _CBN-1092_** señalando que no poseen obligaciones de deuda y/o no poseen inversiones y no manejan recursos de tesorería. Anexo al oficio remisorio estipulado en el Artículo 10 de la resolución 020 de 2006.

* Cuando se trate de recursos Distritales que conforman portafolios de inversiones financieras manejados a través de entidades fiduciarias, deben clasificarse y relacionarse en el formato _CB-0114_ según su instructivo.

Cuando corresponda a recursos Distritales manejados en cuentas corrientes y/o de ahorros a través de entidades fiduciarias, se deben clasificar y registrar en el formato _CB-0115_ de acuerdo a su instructivo.

* El formato _CB-0121_ aplica solamente para el Fondo Financiero Distrital de Salud quien deberá informar en este los pagos reconocidos como unidad de pago por capitación subsidiada UPC-S, por el cubrimiento de afiliados en el Régimen Subsidiado en Salud.

* Adicionalmente y en todos los casos, se deben enviar los documentos _CBN-3000 y 3001_ de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 9 de de la resolución 020 de 2006

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CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN INTERMEDIA

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INFORME FINANCIERO INFORME ---

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