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CIRCULAR EXTERNA 30 de 2014

Resoluciones números 000377 y 000378 de 2014 - se reglamentan los cupos de exportación de leche y productos lácteos y aceites de soya, girasol o cártamo, nabo o colza otorgados por México a los bienes originarios de Colombia

Tipo
CIRCULAR EXTERNA
Número
30
Año
2014
Entidad
MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

De manera atenta se informa que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió las Resoluciones número 000377 y 000378, ambas del 29 de septiembre de 2014, mediante las cuales se reglamentan los cupos de exportación de leche y productos lácteos; aceites de soya, girasol o cártamo, nabo o colza respectivamente, para los bienes originarios de Colombia, establecidos en el Anexo 4 artículo 5-04 Bis Sección B, del Decreto número 2616 de 2011, modificado por el Decreto número 0015 de 2012. A continuación se relacionan los productos del sector agropecuario sujetos a cupo:

De acuerdo con el artículo 6o de las Resoluciones números 000377 y 000378 de 2014, los exportadores seleccionados deberán tramitar la solicitud de "Autorización de asignación del cupo de exportación" hasta el 15 de julio de 2015, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior -VUCE, Página Web: http://vuce.gov.co., módulo de exportaciones, Minagricultura - control de cupo.

La vigencia de autorización del cupo de exportación asignado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural será hasta el 1o de agosto de 2015.

El procedimiento que el usuario debe seguir para el trámite de la exportación de los productos antes mencionados a través del Módulo de Exportaciones de la Ventanilla Única de Comercio Exterior- VUCE, es el siguiente:

1. Estar registrado ante la VUCE y disponer del Certificado de Firma Digital de conformidad con las Circulares números 018 del 2011 y 009 de 2013.

2. Ingresar a la página de internet www.vuce.gov.co, enlace "Exportaciones".

3. Digitar usuario y contraseña.

4. Consultar RUT (Registro Único Tributario) y RUE (Registro Único Empresarial).

5. En el menú ubicado en la parte izquierda de la pantalla seleccionar "Iniciar Trámite".

6. Seleccionar "Trámites Extraordinarios".

7. Diligenciar los campos solicitados y seleccionar en la lista de trámites de acuerdo al producto a exportar:

Ejemplo: "MINAGRICULTURA- CONTROL DE CUPOS".

8. Firmar digitalmente.

9. El sistema le genera el número de radicación.

Una vez realizado este procedimiento y cumplidos los requisitos exigidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, dicha entidad otorgará, a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, el "Certificado de Autorización de Cupo de Exportación" que acredita la cantidad que ha sido asignada a cada exportador.

Las Resoluciones números 000377 y 000378 de 2014 empezaron a regir a partir del 1o de octubre de 2014, fecha de su publicación en el Diario Oficial número 49291.

Cordial saludo, ELOISA FERNÁNDEZ DE DELUQUE.

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