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DECRETO 2262 de 2013

por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación.

Tipo
DECRETO
Número
2262
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2013 de 2012, se suprimió y ordenó la liquidación del Instituto de Seguros Sociales (ISS).

Que el artículo 21 del precitado decreto, estableció: "(…) la supresión de cargos como consecuencia del proceso de liquidación del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación, dará lugar a la terminación del vínculo legal y reglamentario o contractual de los servidores públicos, según el caso, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

El Liquidador, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que asuma sus funciones, elaborará un programa de supresión de cargos, determinando el personal que por la naturaleza de las funciones desarrolladas debe acompañar el proceso de liquidación".

Que el artículo 24, ibídem, dispuso: "Levantamiento de fuero sindical. Para efectos de la desvinculación del personal que actualmente goza de la garantía de fuero sindical, el Liquidador adelantará el proceso de levantamiento de dicho fuero, dentro de los términos y condiciones establecidas en las normas que rigen la materia, es decir, solicitando los pronunciamientos correspondientes en los mencionados procesos".

Que la Fiduciaria la Previsora S. A, en su carácter de liquidadora del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, a través del apoderado general de la liquidación, mediante Oficio número 10000.4078 del 14 de noviembre de 2012, remitió al Departamento Administrativo de la Función Pública el programa de supresión de cargos a que refiere el citado artículo 21, obteniendo concepto técnico favorable de dicho Departamento.

Que para los fines de este decreto se cuenta con concepto de viabilidad de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que de acuerdo con lo anteriormente expuesto, se hace necesario suprimir de la planta de cargos del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, tres (3) cargos de empleados públicos y trescientos veintiséis (326) de trabajadores oficiales.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Suprímense de la planta de personal del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, los siguientes empleos de empleados públicos: NÚMERO

ÁREA NIVEL GRADO DENOMINACIÓN JORNADA 1 (Uno) 1 3 Jefe Departamento II 8 1 (Uno) 2 4 36 Odontólogo General 6 1 (Uno) 2 4 38 Odontólogo Especialista 8 JURISPRUDENCIA Denegada la suspensión provisional (de los efectos de la expresión «suprímense» ) Sentencia del Consejo de Estado AUTO 11001032500020130180700 de 2017

Artículo 2°.

Suprímense de la planta de personal del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidación, trescientos veintiséis (326) cargos de trabajadores oficiales. JURISPRUDENCIA Denegada la suspensión provisional (de los efectos de la expresión «suprímense» ) Sentencia del Consejo de Estado AUTO 11001032500020130180700 de 2017

Artículo 3°.

A partir de la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento del fuero sindical, quedarán automáticamente suprimidos los cargos desempeñados por los trabajadores oficiales con fuero sindical.

Parágrafo.
En defensa de la garantía constituida por el fuero sindical, los anteriores cargos se mantendrán temporalmente vigentes hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo.

Artículo 4°.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Acuerdo 064 de 1994, la Resolución 1777 de 1995 aprobada por el Departamento Administrativo de la Función Pública el 3 de mayo de 1995, el Decreto 1531 de 1996 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Afecta la vigencia de: Modifica en lo pertinente DECRETO 1531 de 1996 Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de octubre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.

El Ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.

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