DECRETO 2248 de 1991
por el cual se modifica el artículo 27 del Decreto Extraordinario 1746 del 4 de julio de 1991.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2248
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley 9ş de 1991,
DECRETA:
Artículo 1.
ş El artículo 27 del Decreto extraordinario 1746 de 1991, quedará así:
"Artículo 27. Los procedimientos administrativos ya iniciados a la fecha en que entre a regir el presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su culminación conforme a las disposiciones legales vigentes al momento de su iniciación, siempre y cuando se hubiere proferido acto de apertura de investigación de acuerdo con la Ley 33 de 1975.
El término de dos (2) ańos seńalado en el inciso primero del artículo 6ş del presente Decreto, regirá de manera inmediata sobre los hechos constitutivos de probables infracciones ocurridas con anterioridad a su vigencia y Sobre los cuales la Superintendencia de Cambios no haya proferido acto de apertura de investigación."
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 27 DECRETO 1746 de 1991
Artículo 2.
ş El presente Decreto rige a partir de la fecha se su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y Cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 1ş de Octubre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda Y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodrigez.
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