DECRETO 2224 de 2004
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 782 de 1996.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2224
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo previsto en el artículo 615-1 del Estatuto Tributario,
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifícase el artículo 2° del Decreto 782 de 1996, el cual quedará así:
“Artículo 2°. Para efectos de determinar la procedencia de la retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas a que se refiere el artículo 1° del presente decreto, respecto del monto mínimo de los pagos o abonos en cuenta por concepto de prestación de servicios o compra de bienes gravados, se tendrán en cuenta las operaciones individualmente consideradas, sin que proceda la acumulación de operaciones, aún en el evento en que un mismo comprador realice varias compras a un mismo vendedor en una misma fecha”.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 782 de 1996
Artículo 2°.
Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 3° del Decreto 782 de 1996.
Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 3 DECRETO 782 de 1996 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 13 de julio de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
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