Resolución Reglamentaria 014 de 2008
Resolución Reglamentaria 14 de 2008 Contraloría de Bogotá D.C.
- Tipo
- Resolución Reglamentaria
- Número
- 014
- Año
- 2008
- Fecha
- 24 de septiembre de 2008
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 014 DE 2008 (Septiembre 24) [Derogada por el art. 4, Resolución Contraloría Distrital 25 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38597#4) "Por la cual se adopta el Manual de la Calidad de la Contraloría de Bogotá D.C.". EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los literales b), j) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno- SCI institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la organización de métodos confiables para la evaluación de la gestión y la simplificación y actualización de normas y procedimientos.
Que el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D. C., por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C. - CB, se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones, fija la estructura organizacional de la CB y faculta al Contralor de Bogotá, D. C. para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la entidad, en armonía con los principios consagrados en la constitución, la ley y los acuerdos.
Que el numeral 13 del artículo 42 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación: Elaborar y actualizar el manual de procedimientos de la CB en coordinación con las demás dependencias.
Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos constituye una herramienta fundamental para el Sistema de Gestión de la Calidad – SGC y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la entidad.
Que el requisito "4.2.2 Manual de la Calidad", de la Norma Técnica NTC-ISO 9001 versión 2000 y NTCGP 1000:2004, determina que la organización debe establecer y mantener un Manual de la Calidad que incluya el alcance del SGC, con los detalles y justificación de cualquier exclusión; los procedimientos y documentos establecidos para el SGC, o referencia a los mismos; así como la descripción de la interacción entre procesos dentro del sistema.
Que en cumplimiento del Decreto 1599 de 2005, la CB, expidió la Resolución Reglamentaria 013 de 2006, mediante la cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno – MECI.
Que el MECI contiene entre otros elementos de control del subsistema de control de gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la CB y el manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos.
Que mediante Resolución Reglamentaria 007 del 11 de junio de 2008, se modificaron las disposiciones relacionadas, entre otros, con el comité de seguimiento al SGC en la CB, consagrando como una de sus funciones: "Determinar las funciones del responsable de cada proceso definido en el Manual de Calidad, de tal forma que garanticen los resultados, el desempeño, eficiencia y eficacia de los procesos".
Que de conformidad con lo aprobado en el Comité de Seguimiento al Sistema de Gestión de la Calidad, llevado a cabo el día 27 de agosto de 2008, se efectúan ajustes al mapa de procesos del SGC incorporando el proceso de Evaluación y Control y reasignando los procedimientos del proceso de Gestión Documental en los procesos de Orientación Institucional y Gestión de Recursos Físicos y Financieros.
Que en el artículo primero de la Resolución Reglamentaría 015 de junio 26 de 2007, se adoptó el Manual de la Calidad de la CB - versión 5.0 y éste requiere precisión conceptual en el contenido de algunos temas, particularmente: i) introducción, ii) documentos internos, iii) descripción de los niveles de autoridad, responsabilidad, coordinación, revisión y evaluación y iv) descripción e interacción de los procesos; de igual manera en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 1599 de 2005, se requiere la inclusión del proceso de Evaluación y Control, en el marco del Subsistema de Control y de Evaluación.**
RESUELVE:
Artículo primero.
Adoptar el Manual de Calidad de la Contraloría de Bogotá D.C., Versión 6.0, Código 1006, el cual hace parte de la presente resolución.
Artículo segundo.
Es responsabilidad del Contralor Auxiliar, los Directores, los Jefes de Oficinas y el Coordinador del Grupo de Investigaciones Forenses – GUIFO, velar por la divulgación, actualización y mejoramiento del Manual de Calidad adoptado.
Artículo tercero.
Corresponde a los responsables de proceso disponer lo necesario para ajustar los procedimientos y documentos del Sistema de Gestión de la Calidad al mapa de procesos y demás disposiciones que se adoptan en la nueva versión del Manual de la Calidad de la Entidad. ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. [015](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26179#0) de junio 26 de 2007. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre de dos mil ocho (2008). MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI Contralor de Bogotá MANUAL DE CALIDAD DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C. HISTORIAL DE CAMBIOS | VERSIÓN ---
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