DECRETO 2201 de 1991
por el cual se aprueba la reforma del artículo 19 de los estatutos del Instituto de Fomento Industrial.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2201
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO LEY El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos extraordinarios 1050 y 3130 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1.
ş Apruébase la reforma del artículo 19 de los Estatutos del Instituto de Fomento Industrial, IFI, adoptados por su Junta Directiva, como consta en el Acta número 1693 del 14 de mayo de 1991, cuyo texto quedara así:
"El instituto estará sometido a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Decreto 1157 de 1940.
El Revisor Fiscal del Instituto será designado por el Gobierno Nacional a través del Presidente de la República y el Ministro de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 45 de 1990"
Artículo 2.
ş El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 19 de los Estatutos del Instituto de Fomento Industrial, aprobados por el Decreto 166 del 10 de febrero de 1969. Afecta la vigencia de: Deroga Artículo 19 DECRETO 166 de 1969
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de septiembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Desarrollo Económico, Ernesto Samper Pizano.
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