DECRETO 2170 de 1991
por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 800 de 1991.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2170
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 constitucional,
DECRETA:
Artículo 1ş Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1991 el plazo fijado en el parágrafo segundo del artículo 2ş del Decreto 800 de 1991, para que los Inspectores de Policía acrediten las calidades establecidas en el mencionado artículo.
Afecta la vigencia de: Prorroga (parágrafo 2 ) Artículo 2 DECRETO 800 de 1991 Artículo 2ş Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de septiembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Gobierno, Humberto De La Calle Lombana El Ministro de Justicia, Fernando Carrillo Florez.
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