DECRETO 2160 de 2004
por el cual se reglamenta el artículo 8° del Decreto-ley 254 de 2000.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2160
- Año
- 2004
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°.
Permiso para despedir trabajadores con fuero sindical. Dispuesta la supresión de cargos de la entidad en liquidación conforme lo prevé el artículo 8° del Decreto-ley 254 de 2000, el liquidador procederá a solicitar permiso al juez laboral, para retirar a los servidores amparados por fuero sindical.
El término de prescripción de la respectiva acción empezará a correr a partir del día siguiente al de la publicación del acto que ordena la supresión del cargo.
JURISPRUDENCIA Estarse a lo resuelto... (en la sentencia 21 de agosto de 2008, que denegó la solicitud de nulidad ) Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 11001032500020040023300(508904) de 2010
Artículo 2°.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de julio de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Diego Palacio Betancourt.
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