DECRETO 2133 de 2005
Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2133
- Año
- 2005
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 921 de 2004, en la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005, el cual se liquidó por medio del Decreto 4365 de 2004;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Gobierno de la República de Colombia a través del Ministerio del Interior y de Justicia, recibió del Gobierno de los Estados Unidos de América la suma de US$13.100.000.00 de carácter no reembolsable, correspondientes a la segunda lista de proyectos aprobados por el Comité Bilateral en aplicación del Memorando de Entendimiento suscrito entre los dos Gobiernos;
Que el Coordinador del Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio del Interior y de Justicia, mediante certificado del 1ş de junio de 2005, certificó la existencia de catorce mil seiscientos sesenta y cinco millones ochenta y siete mil sesenta pesos con sesenta centavos ($14.665.087.060.60), que corresponden a dineros no ejecutados en la vigencia 2004, los devueltos por las entidades beneficiarias del segundo listado de proyectos y los rendimientos financieros generados hasta abril del 2005;
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hace parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República;
Que por lo anterior, es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del ańo 2005;
DECRETA:
Artículo 1°.
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005, en la suma de catorce mil seiscientos sesenta y cinco millones ochenta y siete mil sesenta pesos con sesenta centavos ($14.665.087.060.60), según el siguiente detalle: RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 14.665.087.060.60
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACION 14.665.087.060.60
Artículo 2°.
Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2005, en la suma catorce mil seiscientos sesenta y cinco millones ochenta y siete mil sesenta pesos con sesenta centavos ($14.665.087.060), según el siguiente detalle:
ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL
Sección 3701.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA A. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 11.782.656.250.68 11.782.656.250.68 C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 2.882.430.809.92 2.882.430.809.92 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 14.665.087.060.60 14.665.087.060.60 Artículo 3ş. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de junio de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera
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