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DECRETO 2133 de 1993

por el cual se deroga el artículo 32 del Decreto 741 de 1993.

Tipo
DECRETO
Número
2133
Año
1993
Entidad
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, las Leyes 72 de 1989 y 37 de 1993; los Decretos -leyes 1900 y 1901 de 1990 y el Decreto Autónomo 2122 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°.

Derógase el artículo 32 del Decreto 741 de 1993.

Afecta la vigencia de: Deroga

Artículo 32.

DECRETO 741 de 1993

Artículo 2°.

Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 27 de octubre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.

El Ministro de Comunicaciones, William Jaramillo Gómez.

El Director del Departamento Nacional de Planeación, Armando Montenegro Trujillo.

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