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Acuerdo Local 003 de 2008

Acuerdo Local 3 de 2008 Junta Administradora Local de Suba

Tipo
Acuerdo Local
Número
003
Año
2008
Fecha
8 de septiembre de 2008
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** ACUERDO LOCAL 003 DE 2008 (Septiembre 8) Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas de la Localidad Once de Suba., 2009 - 2012 – "Bogotá Positiva para Vivir Mejor - Suba Reconciliada y Positiva para Vivir mejor". LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993, el Acuerdo 13 de 2000 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 152 de 1994, define los principios generales que rigen las actuaciones de las autoridades en materia de planeación.

Que la Ley 134 de 1994 establece las normas fundamentales por las que se regirá la participación democrática de las organizaciones civiles.

Que el decreto, Ley 1421 de 1993, establece los elementos para la participación comunitaria y veeduría ciudadana y la adopción del Plan de Desarrollo Local en concordancia con el Plan General de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas y el Plan General de Ordenamiento Físico del Distrito Capital.

Que el Acuerdo 13 de 2000 define los criterios para la presentación ante la Junta Administradora Local del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para las diferentes localidades.

Que mediante Decreto 619 de Julio 28 del 2000. Se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial para Santa Fe de Bogotá Distrito Capital y en el artículo 8º del Titulo I, se tratan los objetivos de armonización con los Planes de Desarrollo.

Que mediante Acuerdo 308 de 2008, se adopta el Plan de Desarrollo ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ, D. C., 2008 – 2012 "BOGOTÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR".

Que el Plan de Desarrollo Local es un instrumento de Planeación, en el que se establece el marco del desarrollo de la localidad con una visión estratégica compartida y de futuro, resultado del proceso de concertación entre los diversos actores de la planeación local.

Que en mérito de lo expuesto.**

ACUERDA:

I PARTE PARTE GENERAL TITULO I OBJETIVO GENERAL, PRINCIPIOS Y POLÍTICAS Artículo 1. Objetivo general El Plan de Desarrollo Económico, Social, y de Obras Públicas, 2009 – 2012 "Suba reconciliada y positiva: para vivir mejor", busca avanzar en la construcción de una localidad en la que todas y todos vivamos mejor, en la que las acciones de gobierno local se dirijan al mejoramiento de las condiciones y la calidad de vida de la ciudadanía urbana y rural, una localidad incluyente, justa y equitativa en la que se reconozcan, garanticen y restablezcan los derechos humanos, fundamentales y colectivos en perspectiva de género. Un territorio local construido participativamente, en el que cada vez más personas disfruten de los beneficios del desarrollo humano sustentable y de una cultura de reconciliación y paz con justicia social. Artículo 2. Principios de política pública y de acción 1. Integralidad. La administración local ejecutará políticas públicas que brinden soluciones de manera integral a problemáticas locales, incorporando la Gestión Social Integral como estrategia que involucra actores intersectoriales y la comunidad. 2. Equidad. El accionar de la administración local contribuirá a reducir los factores generadores de desigualdades injustas y evitables, que impiden o dificultan el acceso y disfrute de los derechos fundamentales y colectivos. 3. Participación. La administración local reconocerá y promoverá con criterios de equidad de género espacios de participación para la construcción de densidad organizacional. 4. Solidaridad. El gobierno local promoverá que la sociedad en el territorio de suba, en un esfuerzo conjunto, acoja, privilegie e incluya en los beneficios del desarrollo humano a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad de sus derechos. 5. Probidad. La administración local actuará con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos. 6. Enfoque de Derechos. La acción pública se orientará a la promoción, reconocimiento, garantía y restitución, de los derechos fundamentales y colectivos de hombres y mujeres de la localidad; y en especial de los niños, las niñas, jóvenes y adulto mayor. 7. Convivencia y Seguridad Ciudadana. Las acciones de gobierno de la administración local en su conjunto promoverán el derecho a la protección de las diferentes formas de vida que se expresan en el territorio. Desde esta perspectiva se trabajará en la prevención del riesgo social y natural, de las violencias, las conflictividades y el delito, la atención y sanción de las violencias de género en el espacio de lo público y lo privado del Fondo de desarrollo local de Suba se orientarán a fortalecer la participación de la comunidad en los procesos sociales, políticos y culturales, y promoverán la organización de base de las comunidades. 8. Perspectiva de género. Las políticas públicas estarán encaminadas en la Localidad, así como el accionar de las autoridades locales, por hacer real y material la igualdad y la equidad de géneros de los y las habitantes de Suba. El respeto a la diversidad sexual, será un eje orientador en la implementación de las políticas públicas, para generar una cultura institucional y social que proteja los derechos fundamentales y colectivos de éstas personas. 9. Interculturalidad. La administración local apostará a la ejecución de política pública de interculturalidad con perspectiva de género, de la comunidad indígena, campesina, religiosos, afrocolombianos, raizales, pueblo rom y personas de diversidad sexual, reconociendo y contribuyendo a la manifestación y aplicación de diversos saberes, usos y costumbres. 10. Integración territorial. Las acciones de la administración local buscarán mayores niveles de articulación con la región. 11. Erradicación gradual de la pobreza. La administración local desarrollará acciones integrales para impulsar: calidad y acceso a la educación, la salud, la cultura, la justicia, la seguridad alimentaria, el agua potable y el ambiente sano, el desarrollo de alternativas de producción para actuar sobre todos los factores desencadenantes de pobreza. 12. Prevalencia de los derechos de los niños niñas y adolecentes. La acción del gobierno local se orientará a reconocer y ayudar a restablecer las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas, adolecentes y jóvenes, con énfasis en la primera infancia. 13. Coherencia. El accionar de la administración local se corresponderá con su discurso y con su manera de entender y pensar la realidad que busca abordar. TITULO II OBJETIVOS ESTRUCTURANTES, DESCRIPCIÓN, PROPÓSITOS, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS, PROYECTOS Y METAS Artículo 3. Objetivos estructurantes La administración local articulará el conjunto de sus acciones en torno a programas intersectoriales que dan contenido a los siguientes objetivos estructurantes: 1. Ciudad de derechos 2. Derecho a la ciudad 3. Ciudad global 4. Participación 5. Gestión pública efectiva y transparente CAPITULO 1. CIUDAD DE DERECHOS Artículo 4. Descripción Construiremos una localidad en la que se reconozcan, ejerzan y restablezcan los derechos individuales y colectivos, con la ejecución de políticas públicas que permitan trascender los periodos de gobierno y consolidar una Suba en la cual la equidad de género, la justicia social, la reconciliación, la paz y la vida en armonía con el ambiente sean posibles para todas y todos. Artículo 5. Propósitos** 1.

Que cada vez más ciudadanas y ciudadanos participen como sujetos de derechos y sujetos políticos en la construcción y garantía del bien público y de los beneficios del Desarrollo humano. 2. Velar por el pleno ejercicio de los derechos humanos, sociales, políticos y económicos en función del mejoramiento de la calidad de vida digna. 3. Contribuir a generar condiciones dignas de seguridad alimentaria, nutrición, salud, educación, bienestar social, ambiente, vivienda, cultura, recreación, trabajo en condiciones de igualdad y justicia de las personas en situación de fragilidad y vulnerabilidad de sus derechos. 4.

Que la gestión y la inversión social estén en función de atender la población a través del diseño de una respuesta social integrada en términos de disponibilidad, acceso, permanencia, calidad y pertinencia de los servicios sociales básicos. 5.

Que el respeto y promoción de los Derechos Humanos, permitan espacios de convivencia y reconciliación. Artículo 6. Estrategias 1. Optimizar los sistemas de información que contribuyen a reconocer, identificar y caracterizar las personas en condición de vulnerabilidad de sus derechos. 2. Desarrollar acciones integrales que permitan reconocer, garantizar y restituir los derechos fundamentales de las personas más vulnerables. 3. Armonizar la prestación de servicios básicos con la satisfacción de estándares de calidad y condiciones de vida digna. 4. Disminuir de manera progresiva las barreras sociopolíticas, físicas, económicas y culturales que impiden el acceso oportuno y equitativo a los servicios sociales, ambientales y de vivienda digna. 5. Promover estilos de vida saludable como estrategia de prevención de enfermedades crónicas. Artículo 7. Programas 1. Bogotá sana. Coordinar con la Secretaria Distrital de Salud, las acciones tendientes para garantizar el derecho a la salud, a través de un enfoque de promoción, prevención de calidad de vida digna y atención primaria en salud, con el fin de satisfacer las necesidades individuales y colectivas. 2. Bogotá bien alimentada. Promover el derecho a la seguridad alimentaria y nutricional para toda la población, acorde con los lineamientos de política Distrital. 3. Alternativas productivas para las poblaciones vulnerables. Promover una estrategia que permita desarrollar formas alternativas de producción incluyentes y solidarias para hombres y mujeres de suba, teniendo en cuenta el desarrollo de las potencialidades de la población. Se brindará especial énfasis a mujeres y jóvenes. 4. Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor. Garantizar a las niñas, niños y jóvenes el derecho a una educación no sexista que responda a las expectativas individuales y colectivas, a la diversidad, a la interculturalidad y a los desafíos de una Bogotá global y en constante crecimiento. 5. Acceso y permanencia a la educación para todas y todos. Generar las condiciones para que los y las adolescentes y jóvenes accedan y permanezcan en la educación superior. 6. Derecho a un techo digno. Garantizar de manera progresiva el derecho a la tenencia de una vivienda digna y segura para los habitantes del territorio urbano y rural de la localidad. 7. Construcción de paz y reconciliación. Fortalecer y generar organización social con comunidades para promover una cultura de paz que genere la solución pacífica de conflictos, la no violencia Activa y la no violencia de género en el espacio de lo público. 8. Bogotá viva. Ampliar las oportunidades y mejorar las capacidades para que todas y todos accedan, participen, se apropien y realicen prácticas culturales, artísticas, patrimoniales, recreativas y deportivas, atendiendo criterios de equidad de género, de identidad, autonomía, proximidad y diversidad. 9. Igualdad de oportunidades y derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad. Generar acciones dirigidas a garantizar los derechos de las personas en condición de discapacidad que les aseguren asistencia digna en los servicios sociales y faciliten su inserción en la vida social y productiva de la localidad y la ciudad con perspectiva de género. 10. Toda la vida integralmente protegidos. Adelantar acciones para el reconocimiento y valoración positiva de la población según sus ciclos vitales, concibiéndolos como sujetos integrales de derechos, privilegiando de manera especial el desarrollo de las capacidades de niñas, niños, jóvenes, mujeres y adulto-a mayor. 11. Bogotá respeta la diversidad. Ejecutar políticas públicas y planes de acciones orientados a reconocer y restablecer los derechos de los grupos religiosos, afrodescendientes, indígenas, rom y raizales. Además, promoverá estrategias y acciones positivas que permitan el respeto a la diversidad sexual. 12. Suba positiva con las mujeres y la equidad de género. Avanzar en el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos humanos, sociales, políticos y económicos de las mujeres y garantizar las condiciones para el ejercicio pleno de sus derechos. Articulo 8 METAS | Bogotá sana ---

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