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DECRETO 2121 de 2002

por el cual se prorroga el aplazamiento de las apropiaciones contenidas en el Decreto 712 del 13 de abril de 2002.

Tipo
DECRETO
Número
2121
Año
2002
Entidad
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Ministro del Interior de la República de Colombia delegatario de funciones Presidenciales conforme al Decreto 2070 del 18 de septiembre de 2002, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 63 y 64 de la Ley 38 de 1989 y 34 y 55 inciso 6 de la Ley 179 de 1994,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional previo el concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 712 de 2002, mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación hasta el 30 de septiembre de 2002;

Que teniendo en cuenta la difícil situación económica por la que atraviesa el país, se hace necesario continuar con las medidas tendientes a disminuir el déficit del sector público no financiero y reducir las necesidades de financiación del Gobierno Nacional, siendo necesario tomar decisiones con el objeto de controlar el gasto público;

Que de conformidad con el previo concepto proferido por el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de septiembre de 2002 se decidió prorrogar el plazo hasta el 31 de octubre de 2002 de las apropiaciones presupuestales contenidas en el artículo 3ş del Decreto 712 de 2002,

DECRETA:

Artículo 1ş. El aplazamiento de que trata el artículo 3ş del Decreto 712 de 2002 se prorroga hasta el 31 de octubre de 2002.

Afecta la vigencia de: Prorroga Artículo 3 DECRETO 712 de 2002 Artículo 2ş. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de septiembre de 2002.

FERNANDO LONDOŃO HOYOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Roberto Junguito Bonnet.

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