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DECRETO 2079 de 1997

por medio del cual se suprimen, se crean unos cargos en el servicio exterior y se ordena un traslado a la planta interna del Ministerio.

Tipo
DECRETO
Número
2079
Año
1997
Entidad
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1.

ş. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Paraguay, el cargo de Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 EX, con una asignación básica mensual de cinco mil doscientos dólares con 00/100 (US$ 5.200.00), actualmente ocupado por Alberto Romero Otero.

Artículo 2ş. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Suecia, el cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, Encargada de Funciones Consulares en Estocolmo, con una asignación básica mensual de cinco mil novecientos cuarenta marcos alemanes con 00/100 (MA$ 5.940.00), actualmente ocupado por María Lucía Fernández Cárdenas, a quien se traslada a la planta interna del Ministerio.

María Lucía Fernández Cárdenas, es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular de la República, en la categoría de Primer Secretario.

Artículo 3ş. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Paraguay, un cargo de Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos dólares con 00/100 (US$ 3.800.00).

Artículo 4ş. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Suecia, un cargo de Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 EX, Encargado de Funciones Consulares en Estocolmo, con una asignación básica mensual de siete mil doscientos setenta marcos alemanes con 00/100 (MA$ 7.270.00).

Artículo 5.

ş. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6.

ş. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíque se, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de agosto de 1997.

ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Relaciones Exteriores, María Emma Mejía Vélez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria.

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