Acuerdo Local 03 de 2009
Acuerdo Local 3 de 2009 Junta Administradora Local de Engativá
- Tipo
- Acuerdo Local
- Número
- 03
- Año
- 2009
- Fecha
- 15 de diciembre de 2009
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO LOCAL 03 DE 2009 (Diciembre 15) [Liquidado por el Decreto Local 008 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39043#0) Bogotá, D, C, quince (15) de diciembre de dos mil nueve (2009) "Por medio del cual se aprueba el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal de 2010". LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVÁ En uso de las facultades legales conferidas en artículo número 69, numeral cuarto del Decreto Ley 1421 de 1993
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1139 de 2000 _" Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local"_ en su artículo 16 establece que _" El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local – JAL, dentro de los tres primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre, a nivel de programas el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación; que adicionalmente el Alcalde Local presentará el mensaje presupuestal y un anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto hasta nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de presupuesto."_ Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", en su artículo 17 establece que "El computo de ingresos presentado por el Alcalde Local con arreglo a las normas del presente Decreto no podrá ser aumentado por la JAL sin el concepto previo de aquél, expresado en mensaje escrito. El mismo requisito se exigirá para aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos presentado por el Alcalde Local. Si se eleva el cálculo de los ingresos o se elimina o disminuye alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos, previa aceptación escrita del Alcalde Local. La JAL podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Alcalde Local, con excepción de las que necesiten para la atención completa de los servicios ordinarios del Fondo de Desarrollo Local de Engativá y las inversiones autorizadas en el correspondiente Plan de Desarrollo Local a que se refieren el numeral primero del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 88 de la Ley 617 de 2000.
Que mediante Circular No. 13 de Marzo 24 de 2009 la Dirección Distrital de Presupuesto entrega los lineamientos de Política Presupuestal Vigencia Fiscal 2010.
Que mediante Circular No 05 de Agosto de 2009 la Dirección Distrital de Presupuesto entrega la guía para la elaboración del presupuesto de los FDL Vigencia 2010 y los plazos para la entrega de la información, en cumplimiento del Artículo 102 del Decreto 714 de 1996- Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y el Decreto 1139 del 2000.
Que mediante Circular No 25 de Septiembre 15 de 2009 la Dirección Distrital de Presupuesto entrega la modificación cronograma para la elaboración del Presupuesto de los FDL vigencia 2010 Que la Secretaría de Hacienda Distrital informó con oficio 2009EE681922 de fecha 09-10-2009 radicado CALE 015818-2, Presupuesto 533, que la cuota de Transferencia de la Administración Central asignada para Inversión al Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2010 es: Para Libre asignación Inversión Directa de $28.932.882.000.00.00 por Destinación Mínima para Pavimentos locales (sobretasa a la Gasolina) la suma de $ 2.182.783.000.00 para un total de $31.115.665.000.00.
Que el Fondo de Desarrollo Local dando cumplimiento a la guía estableció una proyección de Ingresos Corrientes para la Vigencia Fiscal 2010 basado en el comportamiento histórico del recaudo de estos ingresos en la Localidad, como son las Multas, Otros Ingresos no Tributarios y los Arrendamientos.
Que el cálculo del presente anteproyecto se hace teniendo en cuenta la asignación de la cuota de transferencia reportada por la Secretaría de Hacienda, así como lo aprobado en el Plan de Desarrollo Local "Engativá Positiva: Para vivir mejor".
Que con Oficio CAF FDLE 2009-1496 20091020121621 Radicado 2009102016616-2, el día 03-11-2009 se remitió el proyecto de Acuerdo al Consejo de Planeación Local Engativá, dando cumplimiento al Cronograma de Actividades notificado mediante la Circular No. 025 de 2009.
Que el día 04-11-2009 el vicepresidente del Consejo de Planeación Local remite oficio de fecha noviembre 4 de 2008 según radicado CALE 2009-102-016686-2 comunicando que no ha recibido documento dirigido a esa instancia, por lo tanto no es posible emitir concepto. Igualmente el día 05-11-2009 con oficio radicado 016712 emite concepto técnico a la propuesta de Inversión 2010. Observación extemporánea, por lo tanto informamos que no será tenida en cuenta con Oficio CAF FDLE 2009-1509 radicado 2009102016731-2. Igualmente le comunicamos tal como lo dice la circular, que se entenderán como oficiales las observaciones que sean suscritas por su Presidente.
Que la Administración Local dio respuesta al Presidente Consejo de Planeación Local con el Oficio CAF FDLE 2009-1059 Radicado 2009102016731-2.
Que a fecha Noviembre 11 de 2009 se celebró el Comité Técnico en la Secretaría de Hacienda con la participación del DAPD y La Subsecretaría de Asuntos Locales y para tal fin se sugiere efectuar ajustes a proyectos, revisión a las obligaciones por pagar teniendo en cuenta los procesos licitatorios en curso (reportados por las Uel Secretaria de Gobierno y Secretaría de Educación) y los recursos que la administración considere no se contratarán a 31 de Diciembre de 2009. Acciones que se ajustarán y se incorporarán al SEGPLAN.
Que se allegaron las correcciones solicitadas en el comité por parte de la Secretaria de Hacienda y el DAPD, con los oficios CAF FDLE 2009-1579; CAF FDLE 2009-1580; CAF FDLE 2009-1581 respectivamente, así como el ajuste en el Plan Operativo Anual de Inversiones 2010 PRECUOTA- SEGPLAN, acorde a las cifras resultantes del ajuste.
Que se recibió oficio 2-2009-44925 de fecha 30-11-2009 del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS. Radicado Presupuesto 622 el día 30-11-2009, mediante el cual comunica que el CONFIS en su reunión No. 13 del 25 de Noviembre de 2009, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 10, literal (f) del Decreto 714 de 1996, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal del año 2010 conforme a la distribución presentada. El concepto previo y favorable se emite con base en los documentos enviados por la Alcaldía Local y la recomendación favorable emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda. Por lo tanto el proyecto de presupuesto que se presente a la Junta Administradora Local (JAL) deberá soportarse en la misma información conocida por el CONFIS.
Que durante el proceso de discusión y aprobación en la JAL, las modificaciones al proyecto de Presupuesto 2010 se hicieron con sujeción al marco de las normas y disposiciones vigentes. La observancia de los procedimientos legales y presupuestales a los que haya lugar son responsabilidad y competencia exclusiva del ámbito local.
Que en mérito de lo expuesto,**
ACUERDA:
Artículo primero.
- Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Localidad de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2010 por la suma de SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($65.244.166.000.00) según el siguiente detalle: | CODIGO ---
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