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Resolución Reglamentaria 017 de 2010

Resolución Reglamentaria 17 de 2010 Contraloría de Bogotá D.C.

Tipo
Resolución Reglamentaria
Número
017
Año
2010
Fecha
16 de junio de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 017 DE 2010 (Junio 16)

[Derogada por el art. 5, Resolución Contraloría Distrital 038 de 2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54970#5) "Por la cual se crea un procedimiento y se adopta la nueva versión de algunos procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones." EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 6 del Acuerdo 361 de 2009; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los literales b), j) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 _"Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones"_, se deben implementar como elementos del Sistema de Control Interno Institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el MECI adoptado en la Contraloría de Bogotá mediante Resolución Reglamentaria 013 de 12 de junio de 2006, contiene entre otros elementos de control del subsistema de control de gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la CB y el manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos. Así mismo, el componente direccionamiento estratégico del subsistema de control estratégico determina un conjunto de elementos de control dentro de los cuales se establecen los planes y programas que permiten modelar la proyección de la entidad a corto, mediano y largo plazo, e impulsar y guiar sus actividades hacia las metas y los resultados previstos.

Que en el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009: _"Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", en su Artículo 6 establece: "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo"._ Que de conformidad con el numeral 15 del artículo 55, del Acuerdo 361 de 2009, le corresponde a la Dirección de Economía y Finanzas Distritales _"Propender por el desarrollo, optimización y difusión de las metodologías diseñadas en la Dirección, para la medición y evaluación del desempeño macro de la Administración Distrital, en lo financiero, presupuestal, contable, social, ambiental, de gestión y de política pública"._ Que el mismo Acuerdo en su artículo 56, estableció entre las funciones de la Subdirección de Evaluación Sectorial, Planes de Desarrollo y Políticas Públicas: _ "(…) 3. Realizar el seguimiento a la inversión sectorial, verificando el nivel de ejecución real, georeferenciándola territorialmente y advirtiendo el impacto social y la afectación en las políticas públicas que se pretenden impactar. 4. Formular indicadores y metodologías de tipo sectorial que permitan evaluar el desempeño de las políticas públicas y la intervención del Sector Público Distrital en el sector respectivo, evaluando los resultados de estos indicadores, como mecanismo de verificación del cumplimiento de las metas Distritales. (…) 8. Dirigir la elaboración y permanente actualización del banco de datos y/o hoja de vida de los sectores objeto de fiscalización, con el fin de elaborar estadísticas sectoriales y de coadyuvar en la compilación de las Estadísticas Fiscales del Sector Público Distrital que elabora la Entidad. (…) Asegurar a través de los estudios desarrollados en la Subdirección, la evaluación de: desempeño de la gestión fiscal y de los programas de política pública sectoriales, en su formulación, implementación y resultados, como también del impacto en la solución de las problemáticas, en las cifras macroeconómicas del Distrito y como herramienta para la toma de decisiones de la Administración Distrital, respecto de las acciones, metas y los recursos de las políticas públicas y del Plan de Desarrollo."_ Que para dar cumplimiento a las funciones antes enunciadas, se hace necesario la creación y operativización de un observatorio de control fiscal y vigilancia de las políticas públicas, que contribuya al logro de los objetivos de la Entidad.

Que mediante Resoluciones Reglamentarias 013 de mayo 12 de 2009, 018 de julio primero de 2009 y 021 de septiembre 8 de 2009, se modificaron y adoptaron las nuevas versiones e incorporaciones de Documentos y Procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro.

Que de conformidad con el artículo 22 del Acuerdo 361 de 2009, el Contralor de Bogotá, mediante acto administrativo, puede delegar funciones generales o específicas del ejercicio de la vigilancia y del control fiscal, en servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Entidad.

Que mediante Resolución Reglamentaria 039 septiembre 19 de 2005 "Por la cual se crea y conforma el Grupo Especial de Investigaciones Forenses, adscrito al Despacho del Contralor de Bogotá", entre las funciones establecidas al GUIFO en el artículo Segundo, en su numeral 8° esta: _"Las demás que determine el Contralor de Bogotá"._ Que mediante correo interno del 22 de febrero de 2010 la Coordinadora del Grupo de Investigaciones Forense GUIFO, solicita incluir a esa oficina como responsable dentro de las actividades del Procedimiento para la elaboración de pronunciamientos, en razón a que ésta elabora pronunciamientos para la firma del Señor Contralor, en cumplimiento a la función antes enunciada.

Que el numeral 9 del Artículo 37 del Acuerdo 361 de 2009, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación,_"Realizar la revisión técnica de los planes, documentos y procedimientos que adopte la entidad, para asegurar la armonización, implementación y evaluación de los mismos"._ Que en desarrollo del concepto de mejora continúa contemplado en las Normas Técnicas de Calidad en la Gestión Pública – NTCGP 1000:2004 y NTC-ISO 9001:2008, se hace necesario modificar algunos de los procedimientos adoptados.

Que por todo lo anterior,**

RESUELVE:

Artículo primero.

Crear el observatorio de control fiscal y vigilancia de las políticas públicas como una herramienta de la Dirección de Economía y Finanzas, que contribuya al logro de los objetivos de la Entidad.

Parágrafo. La dirección técnica del observatorio estará a cargo del Director Técnico de Economía y Finanzas y la coordinación operativa en cabeza de la Subdirección de Evaluación Sectorial, Planes de Desarrollo y Políticas Públicas.

Artículo segundo.

Delegar en el Coordinador del Grupo de Investigaciones Forenses "GUIFO", la realización de las actividades propias para la expedición de pronunciamientos en los temas solicitados por la Alta Dirección, consagradas en el procedimiento que se adopte para el efecto en la Contraloría de Bogotá.

Artículo tercero.

Adoptar la nueva versión de los siguientes procedimientos relacionados con el Proceso de Prestación de Servicio Macro: | PROCEDIMIENTO ---

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